Inversiones Clanes Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de enero de 2024
- Repertorio
- 3673-2023
Sociedad
- Capital
- $7.110.483.553 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalTATIANA ROCIO QUIÑONES SAN MARTIN, abogada, Notario Suplente de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno,, certifica: con fecha 18 de diciembre de 2023, por escritura pública bajo el Repertorio Nº 3673-2023, otorgada ante el Notario Suplente Cristobal Jorquera Caballero, Inversiones Quebradaverde Limitada y Asesorías e Inversiones Quebradaverde Dos Limitada, ambas domiciliadas en Pedro de Valdivia Nº2219, comuna de Providencia, Región Metropolitana; como únicos y actuales socios de Inversiones Clanes Limitada; Hernán Leopoldo Arias Chaigneau, doña Mónica Sara Arias Chaigneaux, doña Claudia Andrea Arias Ortiz, doña Ximena Patricia Arias Ortiz, y don Andrés Edgardo Arias Pinto, todos domiciliados en Pedro de Valdivia Nº2219, comuna de Providencia, Región Metropolitana, como únicos y actuales socios de Inversiones Quebradaverde Limitada; y Hernán Leopoldo Arias Chaigneau, doña Mónica Sara Arias Chaigneaux, doña Claudia Andrea Arias Ortiz, doña Ximena Patricia Arias Ortiz, y don Andrés Edgardo Arias Pinto, todos domiciliados en Pedro de Valdivia Nº2219, comuna de Providencia, Región Metropolitana, como únicos y actuales socios de Asesorías e Inversiones Quebradaverde Dos Limitada, e Inversiones Quebradaverde Limitada, como únicas y actual accionista de la sociedad según Registro de Accionistas tenido a la vista de Inmobiliaria Sara Moncada de Arias SpA, acordaron lo siguiente: I. Fusión Sociedades. Los socios de Inversiones Clanes Limitada, Inversiones Quebradaverde Limitada, Asesorías e Inversiones Quebradaverde Dos Limitada y el único accionista de Inmobiliaria Sara Moncada de Arias SpA acuerdan fusionar las sociedades en una sola sociedad, fusión que se efectúa absorbiendo Inversiones Clanes Limitada a Inversiones Quebradaverde Limitada, a Asesorías e Inversiones Quebradaverde Dos Limitada y a Inmobiliaria Sara Moncada de Arias SpA, disolviéndose las tres últimas sin proceder a su liquidación, por cuanto son sucedidas en todos sus derechos y obligaciones por Inversiones Clanes Limitada. II. Aumento Capital y Modificación Pacto Social. Como consecuencia de la fusión acordada mediante el presente instrumento, se aumenta el capital social de Inversiones Clanes Limitada, que a esta fecha asciende a $6.782.696.371, a la cantidad de $7.110.483.553, esto es, en la cantidad de $327.787.182, que corresponde al capital de las sociedades absorbidas, debidamente reajustado de acuerdo a sus respectivas participaciones sociales. Como consecuencia de la fusión, el artículo Sexto, referente al capital social queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO SEXTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de $7.110.483.553, que los socios han aportado y enterado de la siguiente forma: Uno) Hernán Leopoldo Arias Chaigneau, aporta la suma de $1.422.096.710, equivalentes al 20% del capital y derechos sociales, los que ha enterado con anterioridad a esta fecha; Dos) doña Mónica Sara Arias Chaigneaux, aporta la suma de $1.422.096.711, equivalentes al 20% del capital y derechos sociales, los que ha enterado con anterioridad a esta fecha; Tres) doña Claudia Andrea Arias Ortiz, aporta la suma de $1.422.096.711, equivalentes al 20% del capital y derechos sociales, los que ha enterado con anterioridad a esta fecha; Cuatro) doña Ximena Patricia Arias Ortiz, aporta la suma de $1.422.096.711, equivalentes al 20% del capital y derechos sociales, los que ha enterado con anterioridad a esta fecha; y, Cinco) don Andrés Edgardo Arias Pinto, aporta la suma de $1.422.096.710, equivalentes al 20% del capital y derechos sociales, los que ha enterado con anterioridad a esta fecha. Los socios dejan constancia que los porcentajes indicados, son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la sociedad.” Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 04 de enero de 2024.