MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA EL PRADO LIMITADA

RUT 88860900-8 CVE 2433933
Capital
$4.100 CLP
Fecha instrumento
23 de abril de 1982
Notaría
Curicó con asiento

Instrumento

Fecha
23 de abril de 1982
Notario
ante la notario público Monica Quiroz Trujillo
Oficio
quinta Notaria de Curicó con asiento en la comuna de Teno
Comuna
Curicó con asiento

Sociedad

Capital
$4.100 CLP

Administración

La administración y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá a don ALBERTO ARTURO HERRERA ESPINOZA, y a don CLAUDIO VICTOR SENÉN HERRERA ESPINOZA quienes actuando individual e indistintamente, la administrarán y para obligarla, deberán anteponer a su firma la

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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En la comuna de Teno, República de Chile, a 15 de diciembre de 2023, ante la notario público Monica Quiroz Trujillo, notario público titular de la quinta Notaria de Curicó con asiento en la comuna de Teno, con oficio en avenida Comalle numero ciento uno, comuna de Teno, Región del Maule, Certifica: Por escritura pública de hoy, otorgada ante mí, don NORMAN MERCHAK APSÉ también conocido como MARIO NORMAN MERCHAK APSE, cédula de identidad número 3.357.277-8, con domicilio en calle Aliro Barahona N°410, de la comuna de Curicó; doña MARÍA CLAUDIA HERRERA ESPINOZA, cédula de identidad número 9.097.682-6, con domicilio en Camino el Boldo, S/N, Santa Julia, de la comuna de Curicó; don ALBERTO ARTURO HERRERA ESPINOZA, cédula de identidad número 8.573.160-2, domiciliado en calle Carmen N°675, oficina veinticinco, de la comuna de Curicó, don CLAUDIO VÍCTOR SENÉN HERRERA ESPINOZA, cédula de identidad número 8.724.074-6 domiciliado en calle San Martín N°585, de la comuna de Curicó; doña MARCELA PATRICIA VILLALOBOS PARRAO, cédula de identidad número 10.395.710-9, domiciliada en calle San Martín N°585, de la comuna de Curicó; don RAIMUNDO FEDERICO HERRERA VILLALOBOS, cédula de identidad número 19.322.904-2, con domicilio en calle San Martín N°585, de la comuna de Curicó; Don CLAUDIO VICTOR HERRERA VILLALOBOS, cédula de identidad número 18.467.286-3, con domicilio en Lote B San Francisco Comalle, de la comuna de Teno; don JOSÉ DOMINGO HERRERA VILLALOBOS cédula de identidad número 21.698.210-K, domiciliado en calle San Martín N°585, de la comuna de Curicó; doña SILVIA DEL CARMEN ESPINOZA ELGUETA cédula de identidad número 4.458.722-k, domiciliada en Camino el Boldo, S/N, Santa Julia, de la comuna de Curicó; y don ALBERTO ATILIO HERRERA CASALE, cédula de identidad número 18.955.474-5, domiciliado en calle Carmen N°675 oficina veinticinco, de la comuna de Curicó, los comparecientes vienen en modificar la sociedad de responsabilidad limitada, que gira bajo la razón social de “SOCIEDAD AGRÍCOLA EL PRADO LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 23 de abril de 1982, otorgada ante el Notario Público de Curicó Carlos Eva Tapia, suplente del titular don Rubén Bravo Valenzuela, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha 08 de mayo de 1982 y se inscribió a fojas 86 número 47-bis en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Curicó del año 1982.- Capital $4.100.00, aportado y enterado según consta en escritura extractada. Cesiones de derechos: 1- don Norman Merchak Apsé también conocido como Mario Norman Merchak Apse, vende, cede y transfiere a don Alberto Atilio Herrera Casale un 25% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 2- don Norman Merchak Apsé también conocido como Mario Norman Merchak Apse, vende, cede y transfiere a don Claudio Victor Senén Herrera Espinoza, un 5% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 3- don Norman Merchak Apsé también conocido como Mario Norman Merchak Apse, vende, cede y transfiere a doña Marcela Patricia Villalobos Parrao un 5% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 4- don Norman Merchak Apsé también conocido como Mario Norman Merchak Apse, vende, cede y transfiere a don Claudio Victor Herrera Villalobos, un 5% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para, pagado según escritura extractada; 5- don Norman Merchak Apsé también conocido como Mario Norman Merchak Apse, vende, cede y transfiere a don Raimundo Federico Herrera Villalobos, un 5% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 6 -don Norman Merchak Apsé también conocido como Mario Norman Merchak Apse, vende, cede y transfiere a don Jose Domingo Herrera Villalobos, un 5% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 7- doña Silvia del Carmen Espinoza Elgueta, vende, cede y transfiere a doña Maria Claudia Herrera Espinoza, un 5,83% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 8- doña Silvia del Carmen Espinoza Elgueta, vende, cede y transfiere a don Alberto Arturo Herrera Espinoza, un 1,67% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 9- doña Silvia del Carmen Espinoza Elgueta, vende, cede y transfiere a don Claudio Victor Senén Herrera Espinoza, un 0,83% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 10- doña Silvia del Carmen Espinoza Elgueta, vende, cede y transfiere a don Alberto Atilio Herrera Casale, un 15% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada. Actuales Socios: A) doña María Claudia Herrera Espinoza con un 10% en el capital social e igual proporción en las utilidades y perdidas de la misma; B) don Alberto Arturo Herrera Espinoza, con un 10% en el capital social e igual proporción en las utilidades y pérdidas de la misma; C) don Claudio Víctor Senén Herrera Espinoza, con un 10% en el capital social e igual proporción en las utilidades y pérdidas de la misma; D) doña Silvia del Carmen Espinoza Elgueta, con un 10% en el capital social e igual proporción en las utilidades y pérdidas de la misma; E) don Alberto Atilio Herrera Casale un 40% en el capital social e igual proporción en las utilidades y perdidas de la misma; F) doña Marcela Patricia Villalobos Parrao en un 5% en el capital social e igual proporción en las utilidades y perdidas de la misma; F) don Claudio Victor Herrera Villalobos, en un 5% en el capital social e igual proporción en las utilidades y perdidas de la misma; G) don Raimundo Federico Herrera Villalobos, en un 5% en el capital social e igual proporción en las utilidades y perdidas de la misma; H) don Jose Domingo Herrera Villalobos, en un 5% en el capital social e igual proporción en las utilidades y perdidas de la misma. Administración: La administración y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá a don ALBERTO ARTURO HERRERA ESPINOZA, y a don CLAUDIO VICTOR SENÉN HERRERA ESPINOZA quienes actuando individual e indistintamente, la administrarán y para obligarla, deberán anteponer a su firma la razón social. Las utilidades o eventuales perdidas se distribuirán entre los socios a prorrata de sus respectivos porcentajes. Constancia: Los socios dejan expresa constancia que en todo lo no modificado, permanecerán vigentes las estipulaciones del pacto social contenidas en las escrituras públicas antes referidas. Rol Único Tributario número 88.860.900-8.- Teno, 15 de Diciembre de 2023.-