MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL VILLAVAL LIMITADA

RUT 77261751-8 CVE 2434419
Fecha instrumento
28 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de diciembre de 2023
Repertorio
16987/2023
Notario
COSME FERNANDO GOMILA GATICA
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Carmencita 20, comuna de Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 28 de diciembre de 2023, Repertorio N°16.987/2023, ante Suplente, don PEDRO IVÁN VILLANUEVA VALENZUELA, domiciliado en calle Camino del Monte seis mil cien, departamento doscientos dos, casona cinco, comuna de la Florida, Santiago; doña MARÍA DANIELA SILVA AGURTO, domiciliada en Avenida Los Presidentes ocho mil noventa, departamento doscientos dos B, comuna de Peñalolén, Santiago, don BENJAMÍN ALONSO VILLANUEVA SILVA, domiciliado en calle Las Malvas doscientos ochenta y seis, departamento once C, comuna de Las Condes, Santiago; y doña ISIDORA PAZ VILLANUEVA SILVA domiciliada en Avenida Los Presidentes número ocho mil noventa, departamento doscientos dos B, comuna de Peñalolén; modificaron sociedad “COMERCIAL VILLAVAL LIMITADA”, Rol Único Tributario setenta y siete millones doscientos sesenta y un mil setecientos cincuenta y uno guion ocho, constituida por escritura pública de fecha veintinueve de octubre de dos mil veinte, otorgada ente la Notario Público de Santiago doña María Patricia Donoso Gomien, bajo el repertorio número trece mil novecientos sesenta y cinco del año dos mil veinte, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas setenta y dos mil ciento veinte numero treinta y cuatro mil seiscientos sesenta y cinco del año dos mil veinte, y se publicó en la edición cuarenta y dos mil setecientos noventa y nueve del Diario Oficial, de fecha siete de noviembre del año dos mil veinte. La sociedad ha sufrido la siguiente rectificación: Por escritura pública de trece de octubre de dos mil veintiuno, otorgada ente el Notario Público de Santiago don Cosme Fernando Gomila Gatica, bajo el repertorio número ocho mil seiscientos cuatro, dicha rectificación fue inscrita a fojas ochenta y dos mil novecientos trece número treinta y ocho mil doscientos veinte, correspondiente al año dos mil veintiuno, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado en el Diario Oficial número cuarenta y tres mil ochenta y seis, de fecha veinticinco de octubre dos mil veintiuno. Modificaciones: doña MARÍA DANIELA SILVA AGURTO vende, cede y transfiere a a) don PEDRO IVÁN VILLANUEVA VALENZUELA, el nueve por ciento de sus derechos sociales de la sociedad “COMERCIAL VILLAVAL LIMITADA”, quien los adquiere, acepta y compra para sí, en la suma de dos millones setecientos mil pesos, suma que se pagó con anterioridad a este acto; b) doña MARÍA DANIELA SILVA AGURTO vende, cede y transfiere a don BENJAMÍN ALONSO VILLANUEVA SILVA, el seis por ciento de sus derechos sociales de la sociedad “COMERCIAL VILLAVAL LIMITADA”, quien los adquiere, acepta y compra para sí, en la suma de un millón ochocientos mil pesos, suma que se pagó con anterioridad a este acto. c) doña MARÍA DANIELA SILVA AGURTO vende, cede y transfiere a doña ISIDORA PAZ VILLANUEVA SILVA, el veinte por ciento de sus derechos sociales de la sociedad “COMERCIAL VILLAVAL LIMITADA”, quien los adquiere, acepta y compra para sí, en la suma de seis millones de pesos, suma que se pagó con anterioridad a este acto. En consecuencia, quedan como únicos socios de “COMERCIAL VILLAVAL LIMITADA” son: a) don PEDRO IVÁN VILLANUEVA VALENZUELA, dueño del sesenta por ciento de los derechos y capital social; b) don BENJAMÍN ALONSO VILLANUEVA SILVA, dueño del veinte por ciento de los derechos y capital social; c) doña ISIDORA PAZ VILLANUEVA SILVA, dueña del veinte por ciento de los derechos y capital social; Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes, en todo lo no modificado rigen demás cláusulas pacto social primitivo.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 03 de enero de 2024.- COSME FERNANDO GOMILA GATICA.- Notario Titular.-