MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES E INMOBILIARIA DEL SUR LIMITADA

RUT 76147997-0 CVE 2433607
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de enero de 2024

Instrumento

Fecha
2 de enero de 2024
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veintisiete de Diciembre de dos mil veintitrés, ante mí, don OSCAR EMILIO ORREGO CANSECO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, contador auditor, cédula nacional de identidad número nueve millones veintiseis mil quinientos diecinueve guión nueve, y doña ELIZABETH EULALIA BARRIA SANCHEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, contador púbico y auditor, cédula nacional de identidad número diez millones setecientos cincuenta y cinco mil setecientos veintiocho guión ocho, ambos domiciliados en calle Los Establos número mil quinientos sesenta y ocho, Villa Juan Pablo Segundo, ciudad y comuna de Temuco, expusieron: Que los comparecientes por escritura pública suscrita en esta misma Notaría con fecha nueve de mayo de dos mil once, inserta en el repertorio del tercer bimestre de dicho año con el número tres mil seiscientos treinta y ocho slach dos mil once, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada con la razón social de “INVERSIONES E INMOBILIARIA DEL SUR LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía es INMOSUR LTDA., Rol Único Tributario número setenta y seis millones ciento cuarenta y siete mil novecientos noventa y siete guión cero, domiciliada en la comuna de Temuco, publicada en extracto en el Diario Oficial en su edición treinta y nueve mil novecientos sesenta y cuatro de fecha diecinueve de mayo de dos mil once, e inscrita en extracto a fojas seiscientos cincuenta y tres vuelta, bajo el número seiscientos setenta y dos, del Registro de Comercio del año dos mil once del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Que el capital de la sociedad pactado al momento de la constitución ascendió a la suma de $40.000.000.-, aportado y pagado por los socios proporcionalmente al porcentaje de participación social, y que asciende al cincuenta por ciento para cada uno de los socios y comparecientes. PRESENTE MODIFICACION: Los comparecientes y socios vienen en modificar el pacto social con el objeto de aumentar el capital social, indicado en la cláusula anterior, y en la proporción de sus aportes, a la suma de ciento setenta y un millones quinientos mil pesos, que serán aportados con el pago de la suma de veintisiete millones de pesos este año comercial dos mil veintitrés, y el saldo será enterado mediante pagos anuales verificados por las partes a medida que las necesidades de la sociedad lo requieran. En lo no modificado rige el pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 02 de Enero de 2024.-