CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES DOMAG SpA

CVE 2433495
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
4 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de diciembre de 2023
Notario
Notario Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Objeto social

El objeto de la Sociedad es, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y, en general en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio , pagarés , acciones y derechos sociales , cualquiera sea su naturaleza , ya sea para fines de inversión y /o renta, para lo cual la Sociedad podrá enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; b) la inversión, compra, venta, adquisición y enajenación de toda clase de bienes y derechos, sean corporales o incorporales presentes o futuros; c) la explotación, directamente o por terceros, en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles o mubles, corporales o incorporales; d) la inversión, participación y administración como socio o accionista en empresas o en toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones, consorcios y otras entidades afines; e) la prestación de asesorías y consultorías técnicas o profesionales en materias comerciales, económicas, financieras, de organización y)o administración de empresas; f) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriormente señalados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36º Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública otorgada con fecha 4 de diciembre de 2023, repertorio número 33.608/2023, ante el Notario Titular Andrés Felipe Rieutord Alvarado, i) Alejandra Gana Duval, y ii) Eduardo José Pérez Brancoli, constituyeron una sociedad por acciones de conformidad a artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Inversiones DOMAG SpA (en adelante la “Sociedad”). Objeto: El objeto de la Sociedad es, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y, en general en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio , pagarés , acciones y derechos sociales , cualquiera sea su naturaleza , ya sea para fines de inversión y /o renta, para lo cual la Sociedad podrá enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; b) la inversión, compra, venta, adquisición y enajenación de toda clase de bienes y derechos, sean corporales o incorporales presentes o futuros; c) la explotación, directamente o por terceros, en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles o mubles, corporales o incorporales; d) la inversión, participación y administración como socio o accionista en empresas o en toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones, consorcios y otras entidades afines; e) la prestación de asesorías y consultorías técnicas o profesionales en materias comerciales, económicas, financieras, de organización y/o administración de empresas; f) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriormente señalados. Capital: $100.000 dividido en 100.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 03 de enero 2024.