DISOLUCIÓN Sociedad Anónima

Cranberries Austral Chile S.A.

RUT 78288130-2 CVE 2433123
Capital
$5.052.991 CLP
Fecha instrumento
22 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de diciembre de 2023
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.052.991 CLP
Ley aplicable
ley 18.046

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR SCHRAMM LOPEZ Notario Público Titular, 49º Notaría de Santiago, Hermanos Amunategui N° 73, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 22 de Diciembre de 2023, repertorio Nª 95.745/ 2023, ante mì, se redujo el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de CRANBERRIES AUSTRAL CHILE S.A. (la “Sociedad”), celebrada en mi presencia con fecha 20 de diciembre de 2023, en que se acordó lo siguiente: (Uno) Dejar constancia que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 de la ley 18.046 y según lo establecido en el artículo 18 de su Reglamento, el capital estatutario de Cranberries Austral Chile S.A. ha quedado reducido de pleno derecho, a la suma de $5.052.991.567; dividido en 338.773 acciones de una misma serie, nominativas, de igual valor, sin valor nominal; y se modificaron los artículos Quinto y Tercero Transitorio de los estatutos de la Sociedad; (Dos) Aprobar la disolución anticipada de la sociedad CRANBERRIES AUSTRAL CHILE S.A.; (Tres) Designar a la Comisión Liquidadora de la Sociedad; y, (Cuatro) Incorporar la expresión “en Liquidación”, a la razón social de la Sociedad, subsistiendo su personalidad jurídica para efectos de su liquidación. Se modificó el artículo primero de los estatutos sociales, el que se reemplaza por el siguiente: “Artículo Primero: Se constituye una sociedad anónima cerrada con el nombre de “Cranberries Austral Chile S.A. en Liquidación”, la que podrá usar como nombre de fantasía “Cranberries Austral S.A. en Liquidación”. La sociedad se regirá por los presentes estatutos y en el silencio de los mismos, por las disposiciones de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, por el reglamento de sociedades anónimas, por los preceptos del Código Civil y de Comercio que le sean aplicables y en general por las leyes y reglamentos que existan o se dicten sobre esta clase de sociedades”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de Enero de 2024.