MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CONSTRUCTORA ONSITE SpA

RUT 76079940-8 CVE 2433156
Fecha instrumento
21 de diciembre de 2023

Instrumento

Fecha
21 de diciembre de 2023
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
CONSTRUCTORA ONSITE SpA socio 76079940-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada, Notario Público Titular de la 38° Notaría, con Oficio en calle Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2023, ante mí, don JUAN ANDRÉS SOTOMAYOR DÍAZ, por sí y en representación, de la sociedad INVERSIONES SAN ANDRES LIMITADA, en sus calidades de únicos y actuales accionistas, situación que certificó y ratificó expresamente la Notario autorizante, de la sociedad por acciones CONSTRUCTORA ONSITE SpA, R.U.T. N°76.079.940-8, inscrita a Fojas 8204, Número 6275 del año 2004 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, aprobaron: A. Modificar la razón social de la sociedad, y, por ende, remplazar el Artículo Primero del TÍTULO PRIMERO permanente de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Primero: El nombre o razón social de la Sociedad será CONSULTORA ONSITE SpA, pudiendo usar para fines comerciales, actuar ante Bancos e Instituciones Financieras y, en general, ante todo tipo de instituciones públicas o privadas, el nombre de COSPA”. B. Ampliar el objeto social de la sociedad, y, por ende, remplazar el Artículo Cuarto del TÍTULO PRIMERO permanente de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será: a) La evaluación, realización, gestión y administración por cuenta propia o ajena de proyectos, inversiones y negocios inmobiliarios, comprendiendo todos los actos y contratos de disposición y administración de bienes raíces; promoción y comercialización de dichos bienes, ya sea enajenándolos íntegra o parcialmente por lotes, sitios, pisos, departamentos, oficinas, locales u otras unidades o explotándolos bajo cualquier otra forma que permita gozar de sus rentas; b) La construcción por cuenta propia o ajena de edificios, conjuntos habitacionales, casas, puentes, caminos y obras edificables en general, sea en terrenos propios o ajenos, y todo tipo de obras civiles, otorgando financiamiento propio o requiriéndolo de terceros; c) La formación, gestión y participación en condominios o comunidades; la compraventa de inmuebles, urbanos o rurales, urbanizados o sin urbanizar; la organización, promoción, planificación y venta de lotes, de su propiedad o de terceros o poseídos en comunidad; la gestión de permutas, arrendamientos, administración de todo tipo de inmuebles; d) Fabricación y comercialización de paneles o estructuras metálicas, prefabricados de hormigón y el transporte y explotación de otras actividades afines a las descritas; e) El arrendamiento de vehículos, maquinarias y herramientas, sea por cuenta propia o ajena; f) La fabricación, elaboración, destilación, rectificación, mezclas y comercialización de bebidas alcohólicas y analcohólicas; g) Distribución, almacenaje, envasado, transporte, al por mayor y al por menor, de todas clases de bebidas, tanto alcohólicas como no alcohólicas; h) La compra, venta, importación, exportación, al por mayor y al por menor, por correo, por internet y vía telefónica de bebidas alcohólicas y analcohólicas; i) La compra, venta, importación, exportación de barricas para el envejecimiento de los licores producidos, maquinarias, equipos y cualquier otro producto que se relacione con el giro mencionado, y en general, cualesquiera otras actividades que acordaren los accionistas durante la vigencia de la sociedad, relacionadas directa o indirectamente con el giro de la misma. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto.”. Se dejó expresa constancia, que en lo no modificado se ratifica íntegramente el estatuto social en todas sus partes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, a 29 de diciembre del año 2023.-