COMERCIAL SUPER OFERTA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 4279-2023
- Notario
- Marianela Angélica Bustos Bustos
- Domicilio
- y Conservador de Minas Suplente del Titular de la comuna de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMarianela Angélica Bustos Bustos, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Suplente del Titular de la comuna de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: Que por escritura pública Repertorio Nº4279-2023, de fecha 05 de diciembre del año 2023, ante el Notario Titular don Francisco Javier Muñoz Flores, compareció, don FADI GEORGES BIAD, nacionalidad Syria, soltero, factor de comercio, Cédula de Identidad de Chile para extranjeros número doce millones ciento cincuenta y tres mil setecientos treinta y ocho guión nueve, domiciliado en calle Aviador Acevedo número ochocientos noventa y tres guión A, comuna y ciudad de Villarrica y doña NOUR KERIO, nacionalidad Syria, soltera, factor de comercio, cédula de identidad de Chile para extranjeros número veintidós millones quinientos setenta mil doscientos dos guión cero, domiciliada en calle Aviador Acevedo número ochocientos noventa y tres guión A, comuna y ciudad de Villarrica; en su calidad de únicos socios de la sociedad "COMERCIAL SUPER OFERTA LIMITADA", persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario Nº 77.401.892-1, domiciliada en la comuna de Villarrica; Sanearon la Sociedad de Responsabilidad Limitada "COMERCIAL SUPER OFERTA LIMITADA", en el sentido de, en virtud de la ley 19.499, sanear el vicio de falta de incorporación en el extracto publicado establecido en el número Siete del Articulo trescientos cincuenta y dos, a que hace referencia el Articulo trescientos cincuenta y cuatro del Código de Comercio, esto es, “la época en que la sociedad debe principiar y disolverse”, a saber: Comienzo, duración y extinción de la sociedad: La sociedad empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la final del período que estuviere en curso o de su prórroga, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y se notificará judicialmente en forma personal, por avisos o en la forma especial de acuerdo al artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil, si procediere, al otro socio, con una anticipación de a lo menos noventa días antes del fin del respectivo período.- Total Capital social: $50.000.000.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 20 de diciembre de 2023.