MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE ASESORÍAS E INVERSIONES GIL RODRIGO LIMITADA

RUT 77872610-6 CVE 2432195
Capital
$1.200.000 CLP
Fecha instrumento
22 de noviembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de noviembre de 2023
Repertorio
9742/2023
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.200.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 578, certifico que: Por escritura pública de fecha 22/11/2023, Repertorio N°9.742/2023, otorgada ante mí, don MAURO GIL REQUES, domiciliado en Martín de Zamora N°3.443, departamento 124, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; doña GLORIA MARÍA GIL RODRIGO, domiciliada en Cristal de Roca N°10577, comuna de Colina, ciudad de Santiago; doña PILAR GIL RODRIGO, domiciliada en Av. Cristóbal Colon N°4622, departamento 92, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; y don DANIEL ANDRÉS GIL RODRIGO, domiciliado en Las Violetas N°2024, departamento E, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, en su calidad de actuales y únicos socios de SOCIEDAD DE ASESORÍAS E INVERSIONES GIL RODRIGO LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita a fs. 23.566, N°19.157 del Registro de Comercio del año 2002 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, acordaron modificar esta última en los siguientes términos: Uno) Por sentencia de fecha 21/10/2022, doña Ximena Sumonte Contreras, Jueza Suplente del 11° Juzgado Civil de Santiago, autorizó a don MAURO GIL REQUES para donar la cantidad de 51% de los derechos sociales en la Sociedad. En efecto, don MAURO GIL REQUES donó, cedió y transfirió derechos equivalentes al 51% del capital social, en igual proporción, a doña GLORIA MARÍA GIL RODRIGO, don PILAR GIL RODRIGO y don DANIEL ANDRÉS GIL RODRIGO. Dos) Se dio cuenta del fallecimiento de la socia doña Clara Luz Rodrigo Salinas. Asimismo, de haberse efectuado la partición, liquidación y adjudicación de la comunidad hereditaria por escritura pública de fecha 30/07/2023, Repertorio N°6.516/2023, rectificada por escritura pública de fecha 30/11/2023, Repertorio N°10.084/2023, ambas otorgadas en esta notaría. En dichas escrituras, se acordó adjudicar la totalidad de los derechos que le correspondían a la causante en la Sociedad, equivalente al 10% del capital social, a sus hijos, en la siguiente proporción: i) Un 3,34% del capital social para doña GLORIA MARÍA GIL RODRIGO; ii) Un 3,33% del capital social para doña PILAR GIL RODRIGO; y, iii) Un 3,33% del capital social para don DANIEL ANDRÉS GIL RODRIGO. Tres) Don MAURO GIL REQUES donó, cedió y transfirió derechos equivalentes al 51% del capital social, en igual proporción, a doña GLORIA MARÍA GIL RODRIGO, doña PILAR GIL RODRIGO y don DANIEL ANDRÉS GIL RODRIGO. Cuatro) Producto de lo anterior, los actuales y únicos socios acordaron reemplazar el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “QUINTO. El capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos, el que se encuentra aportado, pagado y enterado en dinero efectivo, como sigue: (i) don Mauro Gil Reques la cantidad de $1.200.000, equivalente a un 24% del capital social; (ii) don Daniel Andrés Gil Rodrigo la cantidad de $1.266.500, equivalente a un 25,33% del capital social; (iii) doña Pilar Gil Rodrigo la cantidad de $1.266.500, equivalente a un 25,33% del capital social; y, (iv) doña Gloria María Gil la cantidad de $1.267.000, equivalente a un 25,34% del capital social”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de diciembre de 2023.-