Nikola SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 96556
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- Cuadragésima Novena Notaría de Santiago ubicada en calle Amunátegui número setenta y tres
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago ubicada en calle Amunátegui número setenta y tres, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, Certifica que, ante mí, se redujo a escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2023, Repertorio N° 96556, el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Nikola SpA, en adelante también la sociedad, celebrada con fecha 21 de diciembre de 2023, con la asistencia del único accionista Energy Holding SpA, representada por don Steven Paul A. Van Cauwenberge, titular, mediante la cual se acordó la modificación de los poderes de la sociedad, inscrita a fojas 69862 número 30181 del Registro de Comercio del año 2023 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en la que se acordó revocar y otorgar nuevos poderes. Se revoca el poder para Nicolas Eugenio Espinoza Poblete y se le otorga en su reemplazo a don Benjamín Cruz Fernández como apoderado clase B, singularizado en el TÍTULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN SOCIAL. Artículo Sexto y Artículo Séptimo, modificándose los estatutos de la sociedad Nikola SpA, quedando de la siguiente forma: TÍTULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN SOCIAL. ARTICULO SEXTO: La Sociedad será administrada por los siguientes apoderados: i) Apoderado Clase A: Steven Paul A. Van Cauwenberge. ii) Apoderado Clase B: Benjamín Cruz Fernández y Martín Alonso Barahona Mena. iii) Apoderado Clase C: Marcela Andrea Dondero Astudillo. ARTÍCULO SEPTIMO: FORMA DE ACTUACIÓN: Los Apoderados Clase A, B y C designados en esta escritura podrán ejercer todos los poderes y atribuciones precedentemente indicados, actuando de la siguiente forma: i) Apoderado Clase A: Podrá ejercer todos los poderes y atribuciones, sin límites, actuando en forma individual. ii) Apoderado Clase B: Podrá ejercer todos los poderes y atribuciones, actuando en forma individual, siempre y cuando los actos, contratos u operaciones en los que intervenga, tengan un valor igual o inferior a la suma de quinientas unidades de fomento, o su equivalente en cualquier moneda. Para actos, contratos u operaciones de un valor superior a la suma de quinientas unidades de fomento, requerirá actuar en forma conjunta; y hasta un límite de mil quinientas unidades de fomento, o su equivalente en cualquier moneda.iii) Apoderado Clase C: Podrá ejercer podrá ejecutar todos los actos y suscribir los instrumentos públicos y privados que fueren necesarios a fin de celebrar, complementar, rectificar, modificar, enmendar en relación con contratos de bienes muebles, inmuebles, poderes, escrituras públicas, documentos privados, servicios o consumo. Podrá realizar cualquier otra trámite o diligencia ante cualquier autoridad que tenga por objeto dar ejecución o eficacia a los contratos celebrados. Asimismo, tramitar los instrumentos en las instituciones públicas o privadas correspondientes, otorgar poder a un tercero para esta tramitación; y además podrá actuar con las mismas atribuciones de un apoderado Clase B.. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 2 de enero de 2024.