Inversiones Santa Catalina S.A.
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 21894-2023
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Francisco Ebel Vial | accionista | 4042858-5 | — | — | |
| Patricia Fernández Lecaros | socio | 4341361-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalISABEL MARGARITA PEÑA LEZAETA, Suplente EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, abogado, Notario Titular de la 34° Notaría de Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifica: Con fecha 22 de diciembre de 2023, ante Titular, se redujo a escritura pública, bajo el repertorio 21.894-2023 el acta de la junta extraordinaria de accionistas de Inversiones Santa Catalina S.A., inscrita a fojas 9.015 número 4.400 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2023, en la cual, por la unanimidad de los accionistas, esto es, Francisco Ebel Vial, RUT 4.042.858-5, y Patricia Fernández Lecaros, RUT 4.341.361-9, domiciliados para estos efectos en Andrés Bello 2711, piso 9, Las Condes, se acordó, entre otras cosas, lo siguiente: (1) aumentar el número de directores, pasando de 3 a 4 miembros, realizando la respectiva modificación de los estatutos de la Sociedad; (2) Nombrar el Directorio definitivo de la Sociedad, por un período de dos años; (3) Acordar la modificación de las facultades del Gerente General, realizando la modificación estatutaria correspondiente; (4) Modificar el objeto de la Sociedad, realizando la modificación de los estatutos correspondiente. En consecuencia, se acordó modificar el artículo octavo de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO OCTAVO: La Sociedad será administrada por un directorio, sin perjuicio de las facultades que correspondan a la junta general de accionistas. El directorio se compondrá de cuatro miembros, tengan o no acciones y que durarán dos años en sus funciones. Al final del período la junta de accionistas puede acordar su reelección, por un nuevo periodo.” También se acordó modificar el artículo cuarto de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: (i) El arriendo de predios para el desarrollo de actividades de generación de energía eléctrica tanto por ella misma como por terceros o para cualquier otra actividad lucrativa; (ii) La compra de inmuebles para efectos de arriendo con destinación de proyectos generadores de cualquier tipo de energía renovable convencional o no convencional, así como la adquisición, explotación, inversión, comercialización y enajenación de toda clase de bienes raíces, por cuenta propia o de terceros; (iii) La explotación de predios agrícolas propios y/o ajenos, el procesamiento e industrialización de toda clase de productos del agro, la importación y exportación de los mismos; y (iv) En general, el desarrollo de inversiones, directamente o en otro tipo de sociedades, con objetos afines.” A su vez, se acordó modificar el artículo décimo quinto de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: La Sociedad tendrá un Gerente General, cuyo cargo será compatible con el de Director y estará premunido de todas aquellas facultades que expresamente le otorgue el directorio.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2023.