INVERSIONES PRIMITIVA DOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 1 de diciembre de 2023
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.258.303 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| JULIO CRISTÓBAL DITTBORN CORDUA | representante | 5922894-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, Santiago, certifico: Que por escritura pública otorgada el 01 de diciembre de 2023, ante mí: Uno) “INVERSIONES PRIMITIVA SpA”, RUT N°76.141.180-2. Y, Dos) “INVERSIONES VICTORINO SpA”, RUT N°99.518.220-3, ambas debidamente representadas por JULIO CRISTÓBAL DITTBORN CORDUA, CNI N°5.922.894-3; en su calidad de únicos y actuales accionistas de “INVERSIONES PRIMITIVA DOS SpA”, RUT N°77.145.293-0, con extracto de constitución inscrito a fojas 24.724 N°12.549 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2020, aumentó su capital de 7.180.313,09 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 139 acciones a la suma de 8.258.303,60 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 162 acciones. En consecuencia, el monto del aumento de capital asciende a la suma de 1.077.990,51 dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes a la fecha de la escritura a $937.377.428, mediante la emisión de 23 nuevas acciones de pago, las que fueron íntegramente suscritas y pagadas por “Inversiones Victorino SpA”, por un valor total de 1.077.990,51 dólares de los Estados Unidos de América, en la forma indicada en la escritura extractada. Como resultado del aumento de capital, se sustituye el Artículo Quinto Permanente y el Artículo Primero Transitorio, siendo materia de extracto lo siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de 8.258.303,60 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 162 acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley. Las acciones podrán pagarse en efectivo o en otros bienes, y se suscriben y pagarán en la forma que establece el Artículo Primero Transitorio. Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2023.