INGENIERÍA Y MAESTRANZA SOLDASUR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 3330
- Comuna
- Pública Titular de la Quinta Notaría
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N°3918
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLEBBY CAROLIN BARRIA GUTIERREZ, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaría de Puerto Montt, con oficio en calle Pedro Montt 180, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 13 de diciembre de 2023, repertorio Nº3330, ante mí, ante mí, CLAUDIO MARCELO URIBE OPORTO, chileno, profesión mecánico, casado, cedula de identidad número doce millones setecientos cincuenta y un mil cuatrocientos cincuenta y cuatro guion dos, con domicilio en Parcela 51, Camino El Tepual kilómetro tres, ciudad y comuna de Puerto Montt; MACARENA DEL PILAR AGUILAR MAYORGA, chilena, casada, técnico en comercio exterior, cédula de identidad número trece millones setecientos treinta y siete mil doscientos doce guion seis, con domicilio en Parcela 51, Camino El Tepual, kilómetro tres, ciudad y comuna de Puerto Montt, BENJAMÍN NICOLÁS URIBE AGUILAR, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número veintiún millones, sesenta y ocho mil ciento veintiocho guion cero, con domicilio en Parcela 51, Camino El Tepual, kilómetro tres, ciudad y comuna de Puerto Montt, mayores de edad, otorgaron escritura de saneamiento de la Sociedad de Responsabilidad Limitada, INGENIERIA Y MAESTRANZA SOLDASUR LIMITADA, de conformidad al artículo 3° de la Ley N°3918 que regula las Sociedades de Responsabilidad Limitada; el artículo 354 del Código de Comercio, y la ley N°19.499, respecto de la inscripción tardía del extracto inscrito a fojas trescientos treinta y tres, número doscientos siete, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, del año dos mil veinte y del extracto inscrito a fojas 1004 vuelta, número 547, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, del año dos mil veintitrés. Capital social diez millones de pesos. Dicho saneamiento tendrá efecto retroactivo y se entiende incorporado a la escritura saneada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, a 02 de enero de 2024.