MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Continuum Holding SpA

RUT 77006088-5 CVE 2432190
Fecha instrumento
18 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de diciembre de 2023
Notario
GONZALO SERGIO MENDOZA GUÍÑEZ
Domicilio
doña Antonieta Mendoza Escalas
Comuna
Santiago

Administración

Se acordó modificar el Artículo Octavo de los estatutos de Continuum Holding SpA, reemplazándolo por un nuevo artículo del siguiente tenor: “Octavo: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de siete miembros, los que podrán o no ser accionistas de la Sociedad. Los directores durarán tres años en sus cargos, y serán elegidos por junta de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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GONZALO SERGIO MENDOZA GUÍÑEZ, abogado, Notario Público, Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16ª Notaría de Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2023, Rep. Nº 5.772 / 2023.-, ante mí, como Notario Reemplazante, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Continuum Holding SpA, celebrada con fecha 22 de noviembre de 2023, por medio de la cual, la totalidad de los accionistas de la sociedad, Jorge Alberto Rodríguez Suárez, Leonardo Humberto Soto Muñoz, Ricardo Antonio Jara Álvarez, Liliana Reyes Guajardo, Sebastián Andrés Osses Norambuena, y Sergio Felipe Nouvel Castro, acordaron modificar los estatutos de la sociedad por acciones Continuum Holding SpA, de cuya reforma se extracta: 1) Nueva forma de Administración: Se acordó modificar el Artículo Octavo de los estatutos de Continuum Holding SpA, reemplazándolo por un nuevo artículo del siguiente tenor: “Octavo: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de siete miembros, los que podrán o no ser accionistas de la Sociedad. Los directores durarán tres años en sus cargos, y serán elegidos por junta de accionistas. El cargo de director es compatible con el de Gerente General, pero éste no podrá ser Presidente del directorio. Los directores podrán ser remunerados por el desempeño de su cargo, salvo que estos sean accionistas de la Sociedad. La remuneración deberá fijarse por junta o acuerdo de accionistas.” Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 28 de diciembre de 2023.