INMOBILIARIA E INVERSIONES PALO ALTO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de diciembre de 2023
- Notario
- CAROLINA BEATRIZ MENA CARRILLO
- Oficio
- Séptima Notaría de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $113.963.651 CLP
- Domicilio
- Viña del Mar, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Viña del Mar
Objeto social
comprar, vender, urbanizar, construir, dar y tomar en arrendamiento, comercializar y explotar en cualquier forma toda clase de bienes raíces; efectuar inversiones en sociedades anónimas, en sociedades por acciones, en sociedades de responsabilidad limitada, en instrumentos financieros y, en general, en cualquier tipo de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores. La sociedad podrá, también, producir y)o comercializar toda clase de bienes y emprender cualquier otro giro o negocio que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCAROLINA BEATRIZ MENA CARRILLO, Notario Público Interino de la Séptima Notaría de Viña del Mar, Avenida Libertad 395, CERTIFICA: que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 13 de diciembre 2023, DARCY ELIZARDO FUENZALIDA O’SHEE, chileno, casado bajo régimen de separación total de bienes, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos ochenta y ocho mil doscientos cincuenta y seis guion siete, domiciliado en calle dos Norte número ochocientos uno de Viña del Mar, y doña BERYL GEORGETTE CARRIEL OLIVA, chilena, casada bajo régimen de separación total de bienes, ingeniero informático, cédula nacional de identidad número diez millones cuatrocientos noventa y ocho mil doscientos cuarenta y nueve guion dos, domiciliada en esta ciudad, calle siete Norte número ochocientos treinta, ;en su calidad de únicos socios de “INMOBILIARIA E INVERSIONES PALO ALTO LIMITADA”, RUT 78.531.870-6, extracto inscrito tres de junio 1994 a fojas 393 Nro. 418 en el Registro de Comercio del Conservador de Viña del Mar, publicado en el Diario Oficial de 9 de junio mismo año acordaron: (i) actualizar capital social inicial de un millón de pesos a $113.963.651, ya pagado, remplazando clausula séptima estatuto social como sigue: "ARTÍCULO SÉPTIMO.- El capital de la sociedad es la suma de ciento trece millones novecientos sesenta y tres mil seiscientos cincuenta y un pesos, que los socios han aportado y pagado en las siguientes proporciones: (a) don DARCY ELIZARDO FUENZALIDA, sesenta y cinco millones ciento siete mil cuatrocientos treinta y tres coma ocho pesos, ($65.107.433,8) correspondiente al cincuenta y siete coma trece por ciento del total de los derechos sociales; y (b) doña BERYL GEORGETTE CARRIEL OLIVA, cuarenta y ocho millones ochocientos cincuenta y seis mil doscientos diecisiete coma dos pesos, ($48.856.217,2) correspondiente al cuarenta y dos coma ochenta y siete por ciento restante.”; y (ii) transformar dicha sociedad en una Sociedad por Acciones, SpA, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “INMOBILIARIA E INVERSIONES PALO ALTO SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “Palo Alto SpA”. Domicilio: Viña del Mar, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Viña del Mar, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Objeto: comprar, vender, urbanizar, construir, dar y tomar en arrendamiento, comercializar y explotar en cualquier forma toda clase de bienes raíces; efectuar inversiones en sociedades anónimas, en sociedades por acciones, en sociedades de responsabilidad limitada, en instrumentos financieros y, en general, en cualquier tipo de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores. La sociedad podrá, también, producir y/o comercializar toda clase de bienes y emprender cualquier otro giro o negocio que los socios acuerden. Capital: $113.963.651, dividido en diez mil acciones ordinarias sin valor nominal. El capital social y sus posteriores aumentos, deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento, según corresponda. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 26 diciembre 2023.