MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INDUSTRIA METALÚRGICA E IMPORTACIONES PROCESA LIMITADA

RUT 79759700-7 CVE 2431684
Capital
$1.999.800 CLP
Fecha instrumento
22 de noviembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de noviembre de 2023
Repertorio
9740/2023
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.999.800 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 578, certifico que: Por escritura pública de fecha 22/11/2023, Repertorio N°9.740/2023, otorgada ante mí, don MAURO GIL REQUES, domiciliado en Martín de Zamora N°3.443, departamento 124, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; doña GLORIA MARÍA GIL RODRIGO, domiciliada en Cristal de Roca N°10577, comuna de Colina, ciudad de Santiago; doña PILAR GIL RODRIGO, domiciliada en Av. Cristóbal Colon N°4622, departamento 92, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; y don DANIEL ANDRÉS GIL RODRIGO, domiciliado en Las Violetas N°2024, departamento E, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, en su calidad de actuales y únicos socios de INDUSTRIA METALÚRGICA E IMPORTACIONES PROCESA LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita a fs. 23.455, N°13.578 del Registro de Comercio del año 1987 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, acordaron modificar esta última en los siguientes términos: Uno) Se dio cuenta del fallecimiento de la socia doña Clara Luz Rodrigo Salinas. Asimismo, de haberse efectuado la partición, liquidación y adjudicación de la comunidad hereditaria por escritura pública de fecha 30/07/2023, Repertorio N°6.516/2023, rectificada por escritura pública de fecha 30/11/2023, Repertorio N°10.084/2023, ambas otorgadas en esta notaría. En dichas escrituras, se acordó adjudicar la totalidad de los derechos que le correspondían a la causante en la Sociedad, equivalente al 10% del capital social, a sus hijos, en la siguiente proporción: i) Un 3,34% del capital social para doña GLORIA MARÍA GIL RODRIGO; ii) Un 3,33% del capital social para doña PILAR GIL RODRIGO; y iii) Un 3,33% del capital social para don DANIEL ANDRÉS GIL RODRIGO. Dos) Don MAURO GIL REQUES vendió, cedió y transfirió derechos equivalentes al 30% del capital social a doña GLORIA MARÍA GIL RODRIGO. Tres) Don MAURO GIL REQUES vendió, cedió y transfirió derechos equivalentes al 30% del capital social a doña PILAR GIL RODRIGO. Cuatro) Don MAURO GIL REQUES vendió, cedió y transfirió derechos equivalentes al 30% del capital social a don DANIEL ANDRÉS GIL RODRIGO. Cinco) En consecuencia de la cesión de derechos, don MAURO GIL REQUES se retira de la Sociedad. Seis) Los actuales y únicos socios acordaron reemplazar el artículo sexto de los estatutos por el siguiente: “SEXTO. El capital de la sociedad es la suma de seis millones de pesos, el que se encuentra aportado, pagado y enterado en dinero efectivo, como sigue: (i) don Daniel Andrés Gil Rodrigo la cantidad de $1.999.800, equivalente a un 33,33% del capital social; (ii) doña Pilar Gil Rodrigo la cantidad de $1.999.800, equivalente a un 33,33% del capital social; y, (iii) doña Gloria María Gil la cantidad de $2.000.400, equivalente a un 33,34% del capital social”. Siete) Se acordó modificar el artículo quinto de los estatutos, en el sentido de establecer que el uso de la razón social y la administración corresponderá, actuando en forma independiente, a cualquiera de los socios doña GLORIA MARÍA GIL RODRIGO, doña PILAR GIL RODRIGO y don DANIEL ANDRÉS GIL RODRIGO, con las facultades señaladas en la escritura extractada. Octavo) De igual forma, acordaron reemplazar la cláusula cuarta de los estatutos por la siguiente: “CUARTO. La sociedad tendrá por razón social “Industria Metalúrgica e Importaciones Procesa Limitada”, pudiendo usar para fines comerciales, bancarios, publicitarios y otros el nombre de fantasía “Procesa Importaciones Ltda.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de diciembre de 2023.-