CONSTRUCCIONES Y REMODELACIONES DIEGO FELIPE DURÁN CUEVAS SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 3434-2023
- Notario
- DORA SILVA LETELIER
- Oficio
- Primera Notaría de La Florida
- Comuna
- La Florida
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ALEJANDRO EDUARDO DÍAZ DÍAZ | socio | 10215776-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDORA SILVA LETELIER, Notario Público de la Primera Notaría de La Florida, y oficio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente Nº7131, certifico que ante mí, hoy, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de “CONSTRUCCIONES Y REMODELACIONES DIEGO FELIPE DURÁN CUEVAS SpA”, hoy, “CONSTRUCCIONES Y REMODELACIONES ALEJANDRO EDUARDO DÍAZ DÍAZ SpA”, N°76.238.369-1, celebrada con esta misma fecha a la que comparece el único y actual accionistas, don ALEJANDRO EDUARDO DÍAZ DÍAZ, CIN°10.215.776-1; quien acordó: PRIMERO: Ratifica la venta de 1000 acciones correspondientes al 100% de acciones de la sociedad, con un capital de $1.000.000; compra que hizo a don DIEGO FELIPE DURÁN CUEVAS en escritura pública de fecha 14 de diciembre de 2023 en este Oficio Notarial, por tanto don ALEJANDRO EDUARDO DÍAZ DÍAZ es dueño del 1000 acciones equivalentes al 100% de las acciones de la sociedad, siendo el único accionista, demás estipulaciones constan en escritura pública, Repertorio N° 3434 - 2023.- SEGUNDO: Modificación del ARTICULO PRIMERO por el siguiente: ARTICULO PRIMERO: La sociedad regida por estos estatutos es una sociedad por acciones cuyo nombre o razón social será “CONSTRUCCIONES Y REMODELACIONES ALEJANDRO EDUARDO DÍAZ DÍAZ SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras, o cualesquier organismo público o privado, el siguiente nombre de fantasía “INNOVA CONSTRUCCIONES SpA”.- TERCERO: Modificación de ARTICULO DECIMO SEGUNDO por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: En todo caso la administración la ejercerá don ALEJANDRO EDUARDO DÍAZ DÍAZ quien podrá representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y para el cumplimiento del objeto social estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO de estos Estatutos les otorgan, aun las que se establezcan como privativas de la Junta de Accionistas. En el evento que el administrador fallezca, se incapacite por causas legales sobrevinientes, sea declarado en quiebra, se ausente del país, por más de seis meses, sea declarado interdicto por demencia o disipación, el único accionista o la Junta de Accionistas, según sea el caso, deberá nombrar él o los nuevos administradores. El administrador, aparte de las atribuciones especiales que les confiere los estatutos, tendrá las siguientes obligaciones: a) Presidir las Juntas de Accionistas; b) Velar por el fiel cumplimiento de los acuerdos de las Juntas de Accionistas, de los Estatutos y de las normas legales y reglamentarias aplicables a esta clase de sociedades; c) Citar a las Juntas de Accionistas en las oportunidades que indican los Estatutos; d) Proponer a los accionistas todas las medidas que estimen pertinentes para el mejor desarrollo de los negocios sociales y la organización de la empresa; e) Amonestar a los empleados superiores que se aparten del cumplimiento de sus deberes y, en casos graves, requerir su remoción, y f) Firmar la memoria anual de la sociedad y/o de las Juntas de Accionistas.”.- CUARTO: Eliminar el artículo SEXTO TRANSITORIO, por haber perdido vigencia.- Demás cláusulas contenidas en escritura extractada.- CERTIFICACIÓN: La Notario que suscribe, certifica, que al presente acto e instrumento, compareció el cien por ciento de las acciones de la Sociedad “CONSTRUCCIONES Y REMODELACIONES DIEGO FELIPE DURÁN CUEVAS SpA”, hoy, “CONSTRUCCIONES Y REMODELACIONES ALEJANDRO EDUARDO DÍAZ DÍAZ SpA”, según consta y se concluye en Libro de Accionistas, que he tenido a la vista y devuelto al compareciente.- LA FLORIDA, 22 de Diciembre de 2023.-