AUTOMOTORES ECASO SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2023
- Notario
- ENRIQUE PEDRO ORTIZ SCHINDLER
- Domicilio
- con oficio 1 Sur N° 898
Sociedad
- Capital
- $26.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalENRIQUE PEDRO ORTIZ SCHINDLER, Notario Público Titular, con oficio 1 Sur N° 898, Talca, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí, se redujo acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de “AUTOMOTORES ECASO SpA”, del giro de su denominación, RUT Nº 96.571.440-5, celebrada el 26.12.2023. La sociedad se constituyó como sociedad anónima cerrada por E.P. de 17.01.1990, ante Notario Público de Talca don Ignacio Vidal Domínguez, inscrita a fs. 64 Nº 24 del Registro de Comercio del CBR de Talca año 1990 y publicada en D.O. Nº 33.581 de 27.01.1990.- Transformada en sociedad por acciones, por JEA reducida a E.P. de fecha 21.03.2022 ante Notario Público de Talca doña Olga Morales Medina suplente del titular don Enrique Pedro Ortiz Schindler, inscrita a fs. 200 N° 132 del Registro de Comercio del CBR de Talca año 2022, y publicado en el D.O. N° 43.220 de 04.04.2022. Capital actual: $26.000.000.- La Junta, acordó unánimemente: Modificación de administración social. Aprueban modificar administración, remover al actuar administrador Marcial Alejandro Acevedo Moya y nombrar como único administrador a don Julio César Díaz Mendoza. En razón de lo anterior se modifica el artículo 12° del pacto social, relativo a la administración, el cual queda como sigue: “ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: En todo caso la administración la ejercerá un administrador don JULIO CÉSAR DÍAZ MENDOZA, de nacionalidad chilena, viudo, mecánico, cédula nacional de identidad número tres millones ciento veintinueve mil trescientos noventa y cuatro guion cuatro, quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO de estos Estatutos le otorgan, aun las que se establezcan como privativas de la Junta de Accionistas. El administrador, aparte de las atribuciones especiales que les confieren los estatutos, tendrán las siguientes obligaciones: a) Presidir las Juntas de Accionistas; b) Velar por el fiel cumplimiento de los acuerdos de las Juntas de Accionistas, de los Estatutos y de las normas legales y reglamentarias aplicables a esta clase de sociedades; c) Citar a las Juntas de Accionistas en las oportunidades que indican los Estatutos; d) Proponer a los accionistas todas las medidas que estime pertinentes para el mejor desarrollo de los negocios sociales y la organización de la empresa; e) Amonestar a los empleados superiores que se aparten del cumplimiento de sus deberes y, en casos graves, requerir su remoción, y f) Firmar la memoria anual de la sociedad y/o de las Juntas de Accionistas”.-En lo no modificado sigue vigente el pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talca, a 26 de diciembre de 2023.