CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Asesorías e Inversiones Punta Corrientes SpA

CVE 2430884
Notaría
Viña del Mar
Duración
Definida

Instrumento

Notario
RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA
Oficio
Sexta Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Duración
C)
Ley aplicable
Ley 18.046

Objeto social

El objeto de la sociedad será la realización de negocios relativos al desarrollo e implementación de emprendimientos de todo tipo, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente con este giro, así como cualquier otro negocio que acordaren los accionistas junto con la inversión de sus frutos para la obtención de rentas civiles en toda clase de bienes. En el giro del negocio, la sociedad podrá efectuar todo tipo de inversiones con fines rentísticos de mediano o largo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Viña del Mar, con domicilio en ésta, Avenida Magallanes 1050, local 27, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, MARÍA JESÚS CORTINA LANDAZURI y DIEGO JOSÉ CORTINA LANDAZURI, ambos domiciliados en Santa Macarena ciento diez, Lomas de Montemar, Con Con, Región de Valparaíso, constituyeron una Sociedad por Acciones que se regirá por sus estatutos y en lo no previsto por estos por las disposiciones contempladas en el Código de Comercio y demás disposiciones legales pertinentes, especialmente la Ley 18.046 y su Reglamento, en siguientes términos: A) Nombre: “Asesorías e Inversiones Punta Corrientes SpA” pudiendo usar asimismo e indistintamente, para fines bancarios o publicitarios, la denominación “Punta Corrientes SpA”; B) Objeto: El objeto de la sociedad será la realización de negocios relativos al desarrollo e implementación de emprendimientos de todo tipo, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente con este giro, así como cualquier otro negocio que acordaren los accionistas junto con la inversión de sus frutos para la obtención de rentas civiles en toda clase de bienes. En el giro del negocio, la sociedad podrá efectuar todo tipo de inversiones con fines rentísticos de mediano o largo plazo. C) Capital: El capital de la sociedad será la cantidad de diez millones de pesos, dividido en diez mil acciones, sin valor nominal, de una misma serie, que se suscriben y enteran en la forma y proporción que se indica a continuación: a) doña MARÍA JESÚS CORTINA LANDAZURI, suscribió quinientas acciones a un precio unitario de mil pesos cada acción, precio que paga al contado y en dinero efectivo enterándose en este acto a la caja social; b) don DIEGO JOSÉ CORTINA LANDAZURI, suscribió quinientas acciones a un precio unitario de mil pesos cada acción, precio que paga al contado y en dinero efectivo enterándose en este acto a la caja social; c) el saldo de nueve mil acciones a un precio unitario de mil pesos cada acción deberán ser suscritas dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha. Demás estipulaciones en la estructura extractada. Se da copia. DOY FE. Concón, 26 de Diciembre de 2023.