SOCIEDAD DE SERVICIOS MÉDICOS BARRA Y GONZALEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 14749-23
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Agrupación de Comunas de Temuco
Sociedad
- Domicilio
- La ciudad de Temuco
- Duración
- tres años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogable automáticamente, en forma tácita y sucesiva por periodos iguales de tres años cada uno, en la forma que se indica en el pacto social
Objeto social
prestación de servicios profesionales y asistenciales en las diversas ramas o especiales de la medicina en forma independiente, en especial la de medicina interna y de ginecología. La sociedad podrá ejecutar cualquier acto o celebrar cualquier contrato civil o comercial que tienda directa o indirectamente a la consecución de sus fines sociales, incluyendo la participación de la sociedad como socia de toda clase de compañías sociedades o asociaciones. La sociedad podrá adquirir activo fijo, declarando desde ya que siempre va a predominar el trabajo sobre la explotación de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la Agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con domicilio en Antonio Varas 979 Temuco, Certifico: que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 26 de Diciembre del año 2023, anotada bajo el repertorio N°14.749-23, don RODRIGO ANDRÉS BARRA LOBOS y doña JENNIFER CAROLINA GONZALEZ AMIGO ambos domiciliados, para estos efectos, en Dinamarca seiscientos veintiuno oficina quinientos diez de la comuna y ciudad de Temuco. RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD DE SERVICIOS MÉDICOS BARRA Y GONZALEZ LIMITADA” Nombre de fantasía “SOCIEDAD B Y G LTDA”.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL: corresponderá a ambos socios conjunta o indistintamente, facultades en pacto social. CAPITAL: DOS MILLONES DE PESOS CHILENOS aportados de la forma y proporción que se indica: a) doña JENNIFER CAROLINA GONZALEZ AMIGO aporta la suma de UN MILLON DOSCIENTOS MIL PESOS que pagará en el plazo de tres años a desde la fecha de la presente escritura redactada; b) don RODRIGO ANDRES BARRA LOBOS aporta la suma de OCHOCIENTOS MIL PESOS que pagará en el plazo de tres años a desde la fecha de la presente escritura redactada. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. OBJETO: prestación de servicios profesionales y asistenciales en las diversas ramas o especiales de la medicina en forma independiente, en especial la de medicina interna y de ginecología. La sociedad podrá ejecutar cualquier acto o celebrar cualquier contrato civil o comercial que tienda directa o indirectamente a la consecución de sus fines sociales, incluyendo la participación de la sociedad como socia de toda clase de compañías sociedades o asociaciones. La sociedad podrá adquirir activo fijo, declarando desde ya que siempre va a predominar el trabajo sobre la explotación de capital. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá realizar cualquier otra actividad que en el futuro acuerden los socios.- DURACIÓN: tres años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogable automáticamente, en forma tácita y sucesiva por periodos iguales de tres años cada uno, en la forma que se indica en el pacto social. DOMICILIO: La ciudad de Temuco, sin perjuicio de las sucursales representaciones o agencias que establezcan en el país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Doy Fe. Temuco, 27 de diciembre del año 2023.