CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SCHULTZ Y FERROGGIARO ASESORÍAS LEGALES LIMITADA

CVE 2428964
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de diciembre de 2023
Notaría
Antofagasta

Instrumento

Fecha
22 de diciembre de 2023
Notario
JUAN SANTIAGO TREUER MOYA
Oficio
4ta Notaria de Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN SANTIAGO TREUER MOYA, Notario Público Titular 4ta Notaria de Antofagasta, con oficio en calle Almirante Latorre N° 2441, Antofagasta, certifica que con esta fecha y por escritura pública de 22 de diciembre de 2023, y cuyo número de repertorio es 2800-2023, don PABLO JAVIER SCHULTZ GUADAROLI, domiciliado en calle Clemente Garafulic N° 417, de ésta ciudad, y don HUGO ANDRÉS FERROGGIARO PEÑAFIEL, domiciliado en calle Sargento Aldea N° 315, departamento N° 1104, Torre Mar, de ésta ciudad, acordaron constituir una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social se denomina “SCHULTZ Y FERROGGIARO ASESORÍAS LEGALES LIMITADA”. El socio encargado de la administración y del uso de la razón social es don Pablo Javier Schultz Guadaroli. El capital social de la sociedad es la suma de $10.000.000, la cual se aportará en la siguiente proporción: /i./ Pablo Javier Schultz Guadaroli, con la cantidad de $8.000.000, equivalentes al 80% del capital social; y /ii./ Hugo Andrés Ferroggiaro Peñafiel, con la cantidad de $2.000.000, equivalentes al 20% del capital social. Los respectivos aportes serán enterados a la sociedad en la forma y en los plazos establecidos por el Artículo Segundo Transitorio del pacto social. La sociedad tiene por objeto exclusivamente la prestación de los siguientes servicios profesionales: /i./ el de asesoría jurídica, ya sea en Chile o en el extranjero en materias tales como, pero no limitado a, derecho corporativo, comercial, civil, laboral, penal, tributario, de familia, constitucional, administrativo y regulatorio; /ii./ la representación judicial, ante tribunales de justicia ordinarios, arbitrales, administrativos o especiales, ya sea en procedimientos de naturaleza contenciosa o voluntaria, y /iii./ la prestación de servicios legales asociados a la planificación, negociación, celebración, ejecución y/o cumplimiento de todo tipo de actos, contratos, trámites, procedimientos, solicitudes y demás análogos ante toda clase de personas naturales y/o jurídicas, sean estas últimas de derecho público o privado, sean que tengan o no fines de lucro. La sociedad durará hasta el 31 de diciembre del año 2033. Dicho plazo se entenderá tacita y sucesivamente renovado por periodos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare la intención de ponerle fin al término del plazo y/o de sus sucesivas prórrogas con, a lo menos, 24 meses de anticipación a la fecha de vencimiento del plazo original o de la prórroga vigente en su caso, salvo acuerdo unánime de los socios en tal sentido, contenido en escritura pública e inscrita al margen de la inscripción conservatoria respectiva. Demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada. Antofagasta, 22 de diciembre de 2023.