PRESTACION DE SERVICIOS DE MAQUINARIA AGRICOLA EL BONITO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de diciembre de 2023
- Notario
- MARÍA JULIA VILLALOBOS GUZMÁN
- Oficio
- Notaría de Parral
- Comuna
- Parral
Sociedad
- Capital
- $12.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOMPRAVENTA Y CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES Y MODIFICACION DE SOCIEDAD “PRESTACION DE SERVICIOS DE MAQUINARIA AGRICOLA EL BONITO LIMITADA” O “EL BONITO LTDA.” MARÍA JULIA VILLALOBOS GUZMÁN, Notario Público Interino Notaría de Parral, Avenida Aníbal Pinto N°715, Oficina 103, Certifico: Por escritura pública, de fecha 06 de Diciembre de 2023, Rep. N° 2687/2023, ante mí, doña SOFIA ALEJANDRA BADILLA TORRES, Chilena, estudiante, soltera, Cédula Nacional de Identidad número veinte millones quinientos diecinueve mil ciento noventa y dos guion cinco, por sí y en representación, según se acreditó, de doña ISIDORA BELEN MINERVA BADILLA TORRES, Chilena, estudiante, soltera, Cédula Nacional de Identidad número veintiún millones setecientos trece mil novecientos ochenta y tres guion K, ambas domiciliadas en Población Corvi, número diecinueve, pasaje Aurelio Manzano de la Comuna de Retiro, Región del Maule; doña MONICA ELENA ARAVENA GONZALEZ, Chilena, asistente social, divorciada, según se acreditó, Cédula Nacional de Identidad número once millones setecientos sesenta y ocho mil ochocientos treinta y tres guion K, en representación como tutora legal, según se acreditó, de doña PILAR IGNACIA BADILLA ARAVENA, Chilena, soltera, estudiante, Cédula Nacional de Identidad número veintitrés millones doscientos once mil doscientos setenta guion cero, ambas domiciliadas en Villa Los Alerces, Pasaje Cuatro, número cuatrocientos ochenta y cuatro de la comuna de Parral; doña SILVIA DEL TRANSITO ROJO ZUÑIGA, Chilena, viuda, agricultora, Cédula Nacional de Identidad número nueve millones ciento catorce mil novecientos catorce guion uno, domiciliada en Pasaje Central, número ciento treinta, Población González Videla de la comuna de Parral, Región del Maule; don DANIEL IGNACIO BARRON ROJO, Chileno, soltero, ingeniero agrónomo, Cédula Nacional de Identidad número diecisiete millones trescientos treinta y dos mil ciento cincuenta guion tres, domiciliado en Pasaje Central, número ciento treinta, Población González Videla de la comuna de Parral, Región del Maule; don PEDRO LUCIO BARRON ROJO, Chileno, soltero, prevencionista de riesgos, Cédula Nacional de Identidad número dieciocho millones doscientos ochenta y seis mil novecientos dieciocho guion K, domiciliado en Pasaje Central, número ciento treinta, Población González Videla de la comuna de Parral, Región del Maule; don JOSE DE LA CRUZ CISTERNAS MORALES, Chileno, trabajador, Casado, Cédula Nacional de Identidad número ocho millones setecientos sesenta y tres mil quinientos diecisiete guion uno, quien comparece por sí y en su calidad de Administrador de los bienes de la sociedad conyugal que tiene con su cónyuge doña BERTA ROSA BUSTAMANTE IGLESIAS, la que también compareció consintiendo, autorizando y prestando su plena declaración de voluntad para la celebración del presente contrato, Chilena, labores de hogar, Cédula Nacional de Identidad número diez millones seiscientos cuarenta mil trescientos treinta y seis guion ocho, casada con el anterior compareciente, ambos domiciliado en Parcela setenta y tres, Proyecto de Parcelación Palma Rosa de la comuna de Parral, Región del Maule; don CESAR DEL TRANSITO GONZALEZ CAMPOS, Chileno, soltero, agricultor, Cédula Nacional de Identidad número doce millones novecientos sesenta y seis mil novecientos veinticuatro guion uno, domiciliado en Sector Fuerte Viejo, sin número de la comuna de Parral, Región del Maule; don JUAN SEBASTIAN GONZALEZ CAMPOS, Chileno, casado, agricultor, Cédula Nacional de Identidad número seis millones seiscientos ocho mil trescientos once guion K, domiciliado en Sector Fuerte Viejo, Predio La Esperanza, sin número de la comuna de Parral, Región del Maule; doña MINERVA DEL CARMEN GUZMAN GODOY, Chilena, vuida, agricultora, Cédula Nacional de Identidad número cuatro millones trescientos cuarenta y dos mil trescientos ochenta y cinco guion uno, domiciliada en calle San Martín, número ochocientos sesenta de la comuna de Parral, Región del Maule; y don PATRICIO ANTONIO HERNANDEZ RAMIREZ, Chileno, soltero, agricultor, Cédula Nacional de Identidad número doce millones ciento sesenta y seis mil novecientos cincuenta y ocho guion siete, domiciliado en Sector Campanacura, Hijuela Alegría, sin número de la comuna de Parral, Región del Maule; MODIFICAN Sociedad “PRESTACION DE SERVICIOS DE MAQUINARIA AGRICOLA EL BONITO LIMITADA” O “EL BONITO LTDA.”, cuyo extracto se publicó electrónicamente, en el Diario Oficial Electrónico de la República de Chile, en la Edición número cuarenta mil setecientos sesenta con fecha dieciocho de enero del año dos mil catorce y se inscribió a fojas once, bajo el número seis del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Parral, correspondiente al año dos mil catorce, y modificada según consta de extracto que se publicó electrónicamente, en el Diario Oficial Electrónico de la República de Chile, en la Edición número cuarenta y un mil quinientos treinta y tres con fecha trece de agosto del año dos mil dieciséis, y se inscribió a fojas ciento veinticinco, bajo el número cincuenta y cuatro del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Parral, correspondiente al año dos mil dieciséis.- Capital Primitivo: DOCE MILLONES DE PESOS ($12.000.000.-).- RUT N° 76.329.538-9 (setenta y seis millones trescientos veintinueve mil quinientos treinta y ocho guion nueve).- MODIFICACION: consiste. “C. Que, con fecha catorce de noviembre del año dos mil veinte, falleció el socio don PEDRO IGNACIO BARRON GUERRA, dejando como únicos herederos a su cónyuge doña Silvia del Tránsito Rojo Zúñiga y a sus hijos Daniel Ignacio, y Pedro Lucio, ambos Barrón Rojo, según consta de posesión efectiva que fue concedida por Resolución Exenta número ocho mil cuatrocientos sesenta y tres de fecha treinta de julio del año dos mil veintiuno, dictada por el Director Regional Región del Maule del Servicio Registro Civil e Identificación, e inscrita en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas bajo el número cuarenta y cinco mil trescientos setenta y uno del año dos mil veintiuno la cual fue agregada al final del Registro de Comercio del año dos mil veintidós, con el número seis de la inscripción del centro.- El señor Conservador de Comercio de Parral tomó nota al margen de la inscripción de comercio de fojas once, bajo el número seis del año dos mil catorce, de dicha posesión efectiva; D. Que, con fecha veintitrés de octubre del año dos mil veintidós, falleció el socio don GERMAN ALEJANDRO BADILLA GUZMAN, dejando como únicos herederos a sus hijas Sofia Alejandra, e Isidora Belén Minerva, ambas Badilla Torres, y Pilar Ignacia Badilla Aravena, según consta de posesión efectiva que fue concedida por Resolución Exenta número novecientos cincuenta y siete de fecha veinticuatro de enero del año dos mil veintitrés, dictada por el Director Regional Región del Maule del Servicio Registro Civil e Identificación, e inscrita en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas bajo el número nueve mil ochocientos ochenta y dos del año dos mil veintitrés la cual fue agregada al final del Registro de Propiedad del año dos mil veintitrés, con el número dos mil novecientos cincuenta y cinco.- El señor Conservador de Comercio de Parral tomó nota al margen de la inscripción de comercio de fojas once, bajo el número seis del año dos mil catorce, de dicha posesión efectiva.- En razón a lo anterior modificaron nuevamente la sociedad, en los siguientes términos: como se señaló en letra C. de la cláusula primera, con fecha catorce de noviembre del año dos mil veinte, falleció el socio don PEDRO IGNACIO BARRON GUERRA, dejando como únicos herederos a su cónyuge doña SILVIA DEL TRÁNSITO ROJO ZÚÑIGA y a sus hijos DANIEL IGNACIO, y PEDRO LUCIO, ambos BARRON ROJO.- De conformidad a lo pactado en el artículo décimo primero del Título Cuarto de la escritura de constitución de la sociedad -estipulación que no ha sido modificada y se encuentra vigente a la fecha-, los socios acuerdan que doña SILVIA DEL TRÁNSITO ROJO ZÚÑIGA y a sus hijos DANIEL IGNACIO, y PEDRO LUCIO, ambos BARRON ROJO, quienes participan en la sociedad en calidad de herederos de don PEDRO IGNACIO BARRON GUERRA, se incorporen a la misma como socios titulares, aportando los mismos derechos que en calidad de herederos de éste les corresponden.- Los nuevos socios, en este acto, acuerdan que los derechos que a cada uno les corresponden en la sociedad como herederos de don PEDRO IGNACIO BARRON GUERRA, quien era dueño del 14,2857142857% de los derechos sociales, son los siguientes: a los socios DANIEL IGNACIO, y PEDRO LUCIO, ambos BARRON ROJO, les corresponde un 1,7857142857125% a cada uno, y a doña SILVIA DEL TRÁNSITO ROJO ZÚÑIGA, un 10,714285714275%.- Por otra Parte los socios comparecientes vienen en modificar la sociedad, en los siguientes términos: como se señaló en letra D. de la cláusula primera, con fecha veintitrés de octubre del año dos mil veintidós, falleció el socio don GERMAN ALEJANDRO BADILLA GUZMAN, dejando como únicas herederas a sus hijas SOFIA ALEJANDRA, e ISIDORA BELÉN MINERVA, ambas BADILLA TORRES, y a PILAR IGNACIA BADILLA ARAVENA.- De conformidad a lo pactado en el artículo décimo primero del Título Cuarto de la escritura de constitución de la sociedad -estipulación que no ha sido modificada y se encuentra vigente a la fecha-, los socios acuerdan que doña SOFIA ALEJANDRA, e ISIDORA BELÉN MINERVA, ambas BADILLA TORRES, esta última debidamente representada, según se acreditó, y PILAR IGNACIA BADILLA ARAVENA, debidamente representada por su tutora legal, según se acreditó, quienes participan en la sociedad en calidad de herederas de don GERMAN ALEJANDRO BADILLA GUZMAN, se incorporen a la misma como socias titulares, aportando los mismos derechos que en calidad de herederos de éste les corresponden.- Las nuevas socias, doña SOFIA ALEJANDRA BADILLA TORRES, por sí y en representación según se acreditó de doña ISIDORA BELÉN MINERVA BADILLA TORRES y doña MONICA ELENA ARAVENA GONZALEZ en representación como tutora legal según se acreditó, de doña PILAR IGNACIA BADILLA ARAVENA, en este acto, acuerdan que los derechos que a cada una les corresponden en la sociedad como herederas de don GERMAN ALEJANDRO BADILLA GUZMAN, quien era dueño del 14,2857142857% de los derechos sociales, son los siguientes: a las socias SOFIA ALEJANDRA BADILLA TORRES, ISIDORA BELÉN MINERVA BADILLA TORRES, y a PILAR IGNACIA BADILLA ARAVENA les corresponde un 4,7619047619% a cada una.- CESION. Don JOSE DE LA CRUZ CISTERNAS MORALES, declara ser dueño del 14,2857142857% de los derechos sociales en la sociedad denominada “PRESTACION DE SERVICIOS DE MAQUINARIA AGRICOLA EL BONITO LIMITADA” O “EL BONITO LTDA.”, por tanto, en tal calidad, y con el consentimiento de la unanimidad de los restantes socios, por sí y en su calidad de administrador de los bienes de la sociedad conyugal habida con su cónyuge, doña ANA DEL TRANSITO JIMENEZ CONCHA, y con el consentimiento, autorización, y plena declaración de voluntad de esta última, para la celebración del contrato vendió, cedió y transfirió: a) En común y por partes iguales el 2,38095238095% de sus derechos sociales en la sociedad individualizada anteriormente a doña SOFIA ALEJANDRA BADILLA TORRES, quien compró, aceptó y adquirió para sí y para doña ISIDORA BELEN MINERVA BADILLA TORRES; y a doña PILAR IGNACIA BADILLA ARAVENA para quien compró, aceptó y adquirió su representante como tutora legal doña MONICA ELENA ARAVENA GONZALEZ; b) a doña SILVIA DEL TRÁNSITO ROJO ZÚÑIGA quien compró, aceptó y adquirió para sí, el 1,7857142857125% de sus derechos sociales en la sociedad individualizada anteriormente; c) a don DANIEL IGNACIO BARRON ROJO, y don PEDRO LUCIO BARRON ROJO quienes compraron, aceptaron y adquirieron para sí, en común y por partes iguales, el 0,5952380952375% de sus derechos sociales en la sociedad individualizada anteriormente; d) a don CESAR DEL TRANSITO GONZALEZ CAMPOS, quien compró, aceptó y adquirió para sí el 2,38095238095% de sus derechos sociales en la sociedad individualizada anteriormente; e) a don JUAN SEBASTIAN GONZALEZ CAMPOS, quien compró, aceptó y adquirió para sí el 2,38095238095% de sus derechos sociales en la sociedad individualizada anteriormente; f) a doña MINERVA DEL CARMEN GUZMAN GODOY, quien compró, aceptó y adquirió para sí el 2,38095238095% de sus derechos sociales en la sociedad individualizada anteriormente; y g) a don PATRICIO ANTONIO HERNANDEZ RAMIREZ, quien compró, aceptó y adquirió para sí el 2,38095238095% de sus derechos sociales en la sociedad individualizada anteriormente.- El precio de la cesión de estos derechos sociales es la suma total de SEIS MILLONES DE PESOS ($6.000.000.-), que se pagaron con anterioridad a acto de escritura, al contado, y en dinero efectivo, suma que el vendedor o cedente declara haber recibido a su entera conformidad y satisfacción, sin tener reclamo alguno a este respecto y en esa virtud otorga a la sociedad “PRESTACION DE SERVICIOS DE MAQUINARIA AGRICOLA EL BONITO LIMITADA” O “EL BONITO LTDA.” el más amplio y completo finiquito de las relaciones sociales que se derivaron de la mencionada sociedad.- De acuerdo a las cesiones de derechos sociales realizadas anteriormente, el precio de cada cesión se desglosa del siguiente modo: i) La cesión de derechos sociales singularizada con la letra a) de la cláusula octava anterior, ascendió a la suma de UN MILLON DE PESOS ($1.000.000.-), que las compradoras pagaron a prorrata de sus respectivas cuotas a la parte cedente o vendedora; ii) La cesión de derechos sociales singularizada con la letra b) de la cláusula octava anterior, ascendió a la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($750.000.-), que la compradora pagó a la parte cedente o vendedora; iii) La cesión de derechos sociales singularizada con la letra c) de la cláusula octava anterior, ascendió a la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($250.000.-), que los compradores pagaron a prorrata de sus respectivas cuotas a la parte cedente o vendedora; iv) La cesión de derechos sociales singularizada con la letra d) de la cláusula octava anterior, ascendió a la suma de UN MILLON DE PESOS ($1.000.000.-), que el comprador pagó a la parte cedente o vendedora; v) La cesión de derechos sociales singularizada con la letra e) de la cláusula octava anterior, ascendió a la suma de UN MILLON DE PESOS ($1.000.000.-), que el comprador pagó a la parte cedente o vendedora; vi) La cesión de derechos sociales singularizada con la letra f) de la cláusula octava anterior, asciende a la suma de UN MILLON DE PESOS ($1.000.000.-), que la compradora pagó a la parte cedente o vendedora; vii) La cesión de derechos sociales singularizada con la letra g) de la cláusula octava anterior, ascendió a la suma de UN MILLON DE PESOS ($1.000.000.-), que el comprador pagó a la parte cedente o vendedora.- En mérito de lo expresado en las cláusulas octava, novena y décima del contrato, se retira el socio don JOSE DE LA CRUZ CISTERNAS MORALES, quedando en definitiva la sociedad “PRESTACION DE SERVICIOS DE MAQUINARIA AGRICOLA EL BONITO LIMITADA” O “EL BONITO LTDA.”, compuesta por las siguientes personas y con la siguiente participación en las utilidades y eventuales pérdidas: doña SOFIA ALEJANDRA BADILLA TORRES, con un 5,55555555555% del total de los derechos de la sociedad; doña ISIDORA BELEN MINERVA BADILLA TORRES, con un 5,55555555555% del total de los derechos de la sociedad; doña PILAR IGNACIA BADILLA ARAVENA, con un 5,55555555555% del total de los derechos de la sociedad; doña SILVIA DEL TRANSITO ROJO ZUÑIGA, con un 12,4999999999875% del total de los derechos de la sociedad; don DANIEL IGNACIO BARRON ROJO, con un 2,08333333333125% del total de los derechos de la sociedad; don PEDRO LUCIO BARRON ROJO, con un 2,08333333333125% del total de los derechos de la sociedad; don CESAR DEL TRANSITO GONZALEZ CAMPOS, con un 16,66666666665% del total de los derechos de la sociedad; don JUAN SEBASTIAN GONZALEZ CAMPOS, con un 16,66666666665% del total de los derechos de la sociedad; doña MINERVA DEL CARMEN GUZMAN GODOY, con un 16,66666666665% del total de los derechos de la sociedad; y don PATRICIO ANTONIO HERNANDEZ RAMIREZ, con un 16,66666666665% del total de los derechos de la sociedad.- Además los socios modificaron el artículo Noveno del Título Tercero del estatuto social, relativo a la administración, representación y uso de la razón social, fiscalización, sustituyendo solo el nombre de don GERMAN ALEJANDRO BADILLA GUZMAN y don PEDRO IGNACIO BARRON GUERRA, por el de doña SOFIA ALEJANDRA BADILLA TORRES y doña SILVIA DEL TRANSITO ROJO ZUÑIGA, quienes podrán ejercer de manera conjunta o individualmente por si solas, las disposiciones y facultades de administración que se establecieron en escritura de modificación de sociedad de fecha veinte de julio del año dos mil dieciséis, mediante escritura pública otorgada ante el Notario Público don Jorge Gillet Bebin, cuyo extracto se inscribió a fojas ciento veinticinco, bajo el número cincuenta y cuatro, del Registro de Comercio correspondiente al año dos mil dieciséis del Conservador de Comercio de Parral.- El capital social de la sociedad “PRESTACION DE SERVICIOS DE MAQUINARIA AGRICOLA EL BONITO LIMITADA” O “EL BONITO LTDA.” es de DOCE MILLONES DE PESOS ($12.000.000.-) según Certificado de Capital, Emitido por el Conservador de Bienes Raíces, Comercio, Minas y Archivero Judicial interino de Parral y Retiro, don Jonathan Fuentes Parada, de fecha 30 de noviembre del año dos mil Veintitrés.- Demás estipulaciones escritura extractada.- PARRAL, 21 DE DICIEMBRE DE 2023.