CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES Y SERVICIOS MEDICOS URIBE SpA

RUT 12877773-3 CVE 2429279
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
28 de noviembre de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de noviembre de 2023
Notario
JUAN PABLO MONTES MERY
Oficio
Titular de la 8a Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales. Santiago 26 de Diciembre de 2023

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) la administración y prestación de servicios y consultas médicas de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea particulares o beneficiarios de fondo nacional de Salud o institutos de salud previsional; servicios de bienestar y toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta; b) la explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de tercero de toda clase de bienes inmuebles; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y, d) asesoramiento empresarial y en materia de gestión

Administración

Corresponderá exclusivamente a don PABLO FRANCISCO URIBE GONZALEZ, amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN PABLO MONTES MERY, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 8a Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Matte, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 28-11-2023 otorgada ante don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, los comparecientes: PABLO FRANCISCO URIBE GONZALEZ, Rut 12.877.773-3, con domicilio en calle Thor Heyerdal Nº 2062, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, PEDRO PABLO URIBE VIDELA, Rut 21.500.859-2 y MAGDALENA PAZ URIBE VIDELA, Rut 21.779.837-k, ambos con domicilio en Avenida Paseo Los Bravos No 4500, casa 219, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad por Acciones. NOMBRE o RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES Y SERVICIOS MEDICOS URIBE SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio agencias, sucursales país o extranjero. OBJETO: El objeto de la Sociedad será: a) la administración y prestación de servicios y consultas médicas de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea particulares o beneficiarios de fondo nacional de Salud o institutos de salud previsional; servicios de bienestar y toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta; b) la explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de tercero de toda clase de bienes inmuebles; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y, d) asesoramiento empresarial y en materia de gestión. CAPITAL: $1.000.000 dividido en 100 acciones nominativas de única serie y sin valor nominal, las cuales los accionistas enteran de la siguiente forma: don PABLO FRANCISCO URIBE GONZALEZ, la suma de $360.000, correspondiente al 36% del capital social y propiedad de la compañía, que entra e ingresa en caja social en este acto, en dinero efectivo, correspondiente a 36 acciones, don PEDRO PABLO URIBE VIDELA, la suma de $320.000, correspondiente al 32% del capital social y propiedad de la compañía, que entra e ingresa en caja social en este acto, en dinero efectivo, correspondiente a 32 acciones, y doña MAGDALENA PAZ URIBE VIDELA, la suma de $320.000, correspondiente al 32% del capital social y propiedad de la compañía, que entra e ingresa en caja social en este acto, en dinero efectivo, correspondiente a 32 acciones. Capital totalmente suscrito y pagado por la accionista; ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: Corresponderá exclusivamente a don PABLO FRANCISCO URIBE GONZALEZ, amplias facultades. DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales. Santiago 26 de Diciembre de 2023.-