CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Semilla Limitada

CVE 2428793
Capital
$8.249 CLP
Fecha instrumento
27 de noviembre de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
27 de noviembre de 2023
Repertorio
9918-2023
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
26° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$8.249 CLP
Duración
La sociedad tendrá una duración hasta el día veintiocho de noviembre del año dos mil veintitrés

Objeto social

El objeto de la sociedad será efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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HUMBERTO QUEZADA MORENO, abogado, Notario Público Titular de la 26° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo número 3.196, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 27 de noviembre de 2023, Repertorio N°9918-2023, ante mí, Daniel Gateño Navon y Dennis Gateño Baumert por sí y en representación de David Gateño Navon y Debbie Gateño Navon, todos domiciliados en Avenida La Dehesa 1201 oficina 521 T-O, Lo Barnechea, Región Metropolitana; producto de la división de la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES SEMILLA LIMITADA, inscrita a fojas 19.893, número 15.899, Registro Comercio Santiago, año 1997, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: INVERSIONES SEMILLA LIMITADA. Objeto: El objeto de la sociedad será efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: La sociedad tendrá una duración hasta el día veintiocho de noviembre del año dos mil veintitrés. Capital: El capital social es la suma de $8.249.219 que se encuentra íntegramente pagado y enterado en las arcas sociales y que se distribuye entre los socios de acuerdo a los siguientes porcentajes: a) don Dennis Ernesto Gateño Baumert, con $2.062.304, equivalente al 25% del total de los derechos sociales; b) don Daniel Gateño Navon con $2.062.305, equivalente al 25% del total de los derechos sociales; c) don David Gateño Navon con $2.062.305, equivalente al 25% del total de los derechos sociales; y d) doña Debbie Gateño Navon, con $2.062.305, equivalente al 25% del total de los derechos sociales Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Representación, Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán exclusivamente a través de don Dennis Ernesto Gateño Baumert, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el giro de los negocios sociales, sin limitación alguna, según el artículo sexto del estatuto extractado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de diciembre 2023. HQM. Not. Pub.