MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA DOÑA MONONA LIMITADA

RUT 76058551-3 CVE 2428935
Capital
$21.071.646 CLP
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2023
Notaría
Curicó con asiento en la

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2023
Comuna
Curicó con asiento en la

Sociedad

Capital
$21.071.646 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Monica Quiroz Trujillo, Notario Titular de la Quinta Notaría de Curicó con asiento en la comuna de Teno, con oficio en Avenida Comalle 101, certifico: por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2023, repertorio número 1001/2023, ante mí, comparecieron: doña MÓNICA SUSANA SOLER RUIZ, cédula de identidad número 7.002.276-1, don NICOLÁS URZUA SOLER, cédula de identidad número 16.212.025-5; don MAURICIO JOSÉ URZUA SOLER, cédula de identidad número 17.082.718-K; doña CONSUELO PAZ URZUA SOLER, cédula de identidad número 17.704.953-0; y doña BEGOÑA ANDREA URZUA SOLER, cédula de identidad número 19.539.935-2; todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Avenida Manso de Velasco 668, piso 3, ciudad y comuna de Curicó, Región del Maule; quienes acordaron modificar el Artículo Sexto de los estatutos de la sociedad AGRÍCOLA DOÑA MONONA LIMITADA, inscrita a fojas 331 vuelta, Número 269 del año 2009 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó (la “Sociedad”), como consecuencia de la donación de don Nicolás Urzúa Soler de un 47,5% de los derechos sociales de su propiedad en la Sociedad a doña Consuelo Paz Urzúa Soler y Begoña Andrea Urzúa Soler en partes iguales, a razón de un 23,75% cada una, retirándose en consecuencia de la misma don Nicolás Urzúa Soler, todo lo cual es aceptado en este acto por todos los socios de la Sociedad,. En consecuencia, los actuales socios acordaron reemplazar íntegramente el Artículo Sexto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “SEXTO: El capital de la Sociedad es la suma de 21.071.646 pesos, el cual fue enterado y pagado por los socios con anterioridad a esta fecha, en las siguientes proporciones: (a) doña Mónica Susana Soler Ruiz, ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la suma de 1.053.582 pesos, equivalentes al cinco por ciento del capital e interés social de la Sociedad; (b) don Mauricio José Urzúa Soler, ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la suma de 10.009.032 pesos, que equivalen al cuarenta y siete coma cinco por ciento del capital e interés social de la Sociedad; (c) doña Consuelo Paz Urzúa Soler, ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la suma de 5.004.516 pesos, que equivalen al 23,75% del capital e interés social de la Sociedad; y (d) doña Begoña Andrea Urzúa Soler, ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la suma de 5.004.516 pesos, que equivalen al 23,75% del capital e interés social de la Sociedad”. La responsabilidad de los socios se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Teno, 19 de diciembre de 2023.