Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 21756-2023
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Prestar asesorías de inversión respecto de criptomonedas y toda clase de activos financieros virtuales o criptoactivos; invertir en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, cuotas o derechos en sociedades, bonos, debentures, instrumentos financieros y toda clase de títulos o valores mobiliarios; y administrar y explotar las inversiones anteriores y percibir sus frutos o rentas. Todas las actividades las podrá realizar tanto en el país como en el extranjero, ya sea por cuenta propia o de terceros
Administración
La administración de la sociedad y su representación judicial y extrajudicial corresponde a don Gonzalo Rojas Vildosola y don Jorge Ignacio Arriagada Osorio, quienes, actuando individual y separadamente, podrán actuar personalmente o por intermedio de uno o más mandatarios que designen especialmente para este efecto mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio respectivo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2023, repertorio Nº 21.756-2023, ante mí, Inversiones Trígono SpA, y don Jorge Ignacio Arriagada Osorio, constituyeron sociedad por acciones, estipulándose estatutos de los cuales extracto: Nombre: Cryal SpA. Duración: Indefinida. Objeto: Prestar asesorías de inversión respecto de criptomonedas y toda clase de activos financieros virtuales o criptoactivos; invertir en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, cuotas o derechos en sociedades, bonos, debentures, instrumentos financieros y toda clase de títulos o valores mobiliarios; y administrar y explotar las inversiones anteriores y percibir sus frutos o rentas. Todas las actividades las podrá realizar tanto en el país como en el extranjero, ya sea por cuenta propia o de terceros. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones de una sola serie, sin valor nominal íntegramente suscritas y pagadas en el acto de constitución. Administración: La administración de la sociedad y su representación judicial y extrajudicial corresponde a don Gonzalo Rojas Vildosola y don Jorge Ignacio Arriagada Osorio, quienes, actuando individual y separadamente, podrán actuar personalmente o por intermedio de uno o más mandatarios que designen especialmente para este efecto mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio respectivo. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 21 de diciembre de 2023.- Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público.-