SERVICIOS DE SALUD T y T LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de diciembre de 2023
- Notario
- FÉLIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 5 años, contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales de cinco años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento
Objeto social
a) La prestación de todo tipo de servicios de carácter profesional y)o técnico, dentro o fuera del país, en materia de salud humana; b) La creación, mantención y explotación de clínicas odontológicas y centros médicos; c) La prestación de servicios odontológicos, de psicología, enfermería y paramédicos, en todas sus especialidades, tanto en clínicas como en centros médicos, consultas privadas y domicilio de los pacientes, ya sea de forma directa o a través de convenios, sea particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado, como asimismo toda prestación relacionadas con dichas actividades profesionales; d) La prestación de servicios de laboratorio clínico y radiología; e) La organización, producción, realización y comercialización de talleres, charlas, seminarios y cursos de formación, docencia y capacitación destinados al perfeccionamiento de profesionales del área de odontología y psicología; f) La prestación de servicios de docencia, ya sea directamente a otros profesionales o instituciones de enseñanza básica, media, universitaria y de postgrados y)o postítulos, sean públicas o privadas, relacionadas con el área de odontología y psicología; g) La adquisición, compra, importación, exportación, permuta y arrendamiento de toda clase de bienes, maquinarias, productos manufacturados, insumos y mercaderías en general, de procedencia nacional o extranjera, que sean necesarios para el desarrollo de las actividades del área de la salud humana, especialmente del área de odontología y sicología; y h) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el referido giro social
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Silvana Andrea Palacios Trentini
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N°1160, subsuelo, Santiago, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, SILVANA ANDREA PALACIOS TRENTINI, con domicilio en Camino El Olivar N° 1720, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; y FELIPE GIULIANO BOWEN TRENTINI, con domicilio en Camino Piedra Roja N° 1559, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de la que extracto: Nombre o Razón Social: “SERVICIOS DE SALUD T y T LIMITADA”, pudiendo usar para todos los fines el nombre de fantasía “T y T Ltda.”. Objeto: a) La prestación de todo tipo de servicios de carácter profesional y/o técnico, dentro o fuera del país, en materia de salud humana; b) La creación, mantención y explotación de clínicas odontológicas y centros médicos; c) La prestación de servicios odontológicos, de psicología, enfermería y paramédicos, en todas sus especialidades, tanto en clínicas como en centros médicos, consultas privadas y domicilio de los pacientes, ya sea de forma directa o a través de convenios, sea particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado, como asimismo toda prestación relacionadas con dichas actividades profesionales; d) La prestación de servicios de laboratorio clínico y radiología; e) La organización, producción, realización y comercialización de talleres, charlas, seminarios y cursos de formación, docencia y capacitación destinados al perfeccionamiento de profesionales del área de odontología y psicología; f) La prestación de servicios de docencia, ya sea directamente a otros profesionales o instituciones de enseñanza básica, media, universitaria y de postgrados y/o postítulos, sean públicas o privadas, relacionadas con el área de odontología y psicología; g) La adquisición, compra, importación, exportación, permuta y arrendamiento de toda clase de bienes, maquinarias, productos manufacturados, insumos y mercaderías en general, de procedencia nacional o extranjera, que sean necesarios para el desarrollo de las actividades del área de la salud humana, especialmente del área de odontología y sicología; y h) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el referido giro social. Capital: El capital social es la suma de $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Doña Silvana Andrea Palacios Trentini, la suma de $990.000, equivalentes al 99% del capital social, cantidad que se entera en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y b) Don Felipe Giuliano Bowen Trentini, la suma de $10.000, equivalentes al 1% del capital social, cantidad que se entera en este acto, al contado y en dinero en efectivo. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Silvana Andrea Palacios Trentini. Domicilio: Ciudad de Santiago. Duración: La sociedad tendrá una duración de 5 años, contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales de cinco años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de diciembre de 2023. Félix Jara Cadot. N.P.