SALUD Y KINESIOLOGÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2022
- Repertorio
- 70827
- Notario
- PEDRO RICARDO REVECO HORMAZÁBAL
- Oficio
- 19ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO RICARDO REVECO HORMAZÁBAL, Notario Público Titular de la 19ª Notaria de Santiago, con oficio en Bandera 341, oficina 352, certifica: Por escritura pública Repertorio N° 70.827, otorgada con fecha 29 de Noviembre del 2023, ante mí: Don CARLOS ALBERTO ORTÍZ ASTETE, chileno, soltero, kinesiólogo, cédula nacional de identidad N°15.643.148-6, domiciliado en calle Coventry N°1985, departamento 502, comuna de Ñuñoa; doña VERÓNICA JACQUELINE HURTADO CASTILLO, chilena, divorciada, kinesióloga, cédula nacional de identidad N°10.530.469-2, domiciliada en calle Simón Bolívar N°7077, casa I, comuna de La Reina; doña MARÍA EUGENIA LILLO AZORÍN, chilena, soltera, kinesióloga, cédula nacional de identidad N°15.340.403-8, domiciliada en calle Los Alerces N°3225, departamento 152, comuna de Ñuñoa; doña KAREN MARLENNE MARTÍNEZ VERGARA, chilena, soltera, kinesióloga, cédula nacional de identidad N°17.358.785-6, domiciliada en Avenida Suecia N°177, departamento 71, comuna de Providencia; y doña CAROL ALEJANDRA ORTÍZ ASTETE, chilena, soltera, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N°13.028.883-9, domiciliada en avenida Suecia número mil setecientos setenta y siete, departamento setenta y uno, comuna de Providencia; modificaron sociedad “SALUD Y KINESIOLOGÍA LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 24 de marzo del año 2022, repertorio N°18654, otorgada ante el notario público don Javier Ignacio Hormazábal Collao, suplente del titular de la 19° Notaría de Santiago de don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal. Un extracto de aquella escritura se inscribió a fojas 26096, N°12019, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2022 y publicado en el Diario Oficial N°43.223, del 7 de abril del año 2022. La modificación consiste en: CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: a) Doña Verónica Jacqueline Hurtado Castillo, vende, cede y transfiere el total de su participación en la sociedad, esto es, el 23% de los derechos sociales, a don Carlos Alberto Ortíz Astete, ya individualizado, quien los acepta, compra y adquiere para sí. El precio de la cesión, venta y transferencia es la suma de $2.579.773.- que paga en este acto y en dinero efectivo, declarando la cedente recibirlos a su entera satisfacción; b) Doña María Eugenia Lillo Azorín, vende, cede y transfiere el total de su participación en la sociedad, esto es, el 6% de los derechos sociales, a don Carlos Alberto Ortíz Astete, ya individualizado, quien los acepta, compra y adquiere para sí. El precio de la cesión, venta y transferencia es la suma de $820.810.- que paga en este acto y en dinero efectivo, declarando la cedente recibirlos a su entera satisfacción; c) Doña Karen Marlenne Martínez Vergara, vende, cede y transfiere el total de su participación en la sociedad, esto es, el 20% de los derechos sociales, a doña Carol Alejandra Ortíz Astete, ya individualizada, quien los acepta, compra y adquiere para sí. El precio de la cesión, venta y transferencia es la suma de $2.169.368.- que paga en este acto y en dinero efectivo, declarando la cedente recibirlos a su entera satisfacción. Consecuencia de las cesiones de derechos sociales que anteceden, se retiran de la sociedad doña Verónica Jacqueline Hurtado Castillo, doña María Eugenia Lillo Azorín y doña Karen Marlenne Martínez Vergara; e ingresa como nueva socia doña Carol Alejandra Ortíz Astete, quedando en definitiva las participaciones sociales de la siguiente manera: a) Don Carlos Alberto Ortíz Astete con el 80% y doña Carol Alejandra Ortíz Astete con el 20% del haber social. En lo no modificado seguirán vigentes estipulaciones escritura de constitución de sociedad. Santiago, 14 de Diciembre del año 2023. PEDRO R. REVECO HORMAZABAL.