Inmobiliaria Florencia Limitada
Instrumento
- Fecha
- 1 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 31472-2023
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $112.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público, Titular de la 41ª Notaria de Santiago, con oficio en Huérfanos Nº 1160, subsuelo, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 01 de diciembre de 2023, repertorio Nº 31.472-2023, ante mí, Hugo Alberto Morong Venegas, pensionado, domiciliado en Lincoyán N°1153, comuna de Ñuñoa; María Fernanda Morong Derpich, técnico en párvulo, domiciliada en Alonso de Ercilla N° 7.888, depto. 406, La Florida; y Blanca Antonia Derpich Pizarro, empleada, domiciliada en Alonso de Ercilla N°7625, La Florida, modificaron la sociedad “Inmobiliaria Florencia Limitada”, constituida por escritura de 14 de diciembre de 2020, inscrita a fojas 88.367, N° 42.492, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020, publicada en el D.O. el 31 de diciembre del mismo año, en cuanto: 1. Cesión de Derechos: Hugo Alberto Morong Venegas, con expreso consentimiento y autorización de la socia Blanca Antonia Derpich Pizarro, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos que tiene en la sociedad Inmobiliaria Florencia Limitada, abandonando la sociedad, a María Fernanda Morong Derpich, quien los compra y adquiere para sí, ingresando a la sociedad. El precio de la cesión es la suma de $86.000.000, que se pagan: a) $6.000.000 al contado y dinero efectivo, en ese acto; b) Saldo de $80.000.000, en 100 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $800.000, pagaderas los primeros 5 días de cada mes, a partir de enero de 2024, en dinero efectivo, depósito o transferencia bancaria, vale vista, cheque u otro medio que acuerden con posterioridad. 2. Nueva composición societaria: La sociedad Inmobiliaria Florencia Limitada queda formada por: a) Blanca Antonia Derpich Pizarro, con un 56,6% de los derechos sociales, equivalentes a $112.000.000 en el capital social; b) María Fernanda Morong Derpich, con un 43,4% de los derechos sociales, equivalentes a $86.000.000 en el capital social. 3. Modificaciones y aclaraciones: a) Capital social: Se mantiene capital establecido en la cláusula cuarta del pacto social primitivo, equivalente a $198.000.000, pero entendiéndose que el capital aportado e ingresado a caja social por el cedente Hugo Alberto Morong Venegas, corresponde al capital aportado por la cesionaria María Fernanda Morong Derpich, en la misma forma estipulada en dicha cláusula; b) Administración de la sociedad: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponde exclusivamente a la socia Blanca Antonia Derpich Pizarro, quien anteponiendo su firma a la razón social o nombre de fantasía, gozará de todas las facultades otorgadas en la cláusula octava de la escritura social primitiva, cesando la administración y uso de la razón social del socio saliente y cedente, Hugo Alberto Morong Venegas; c) Distribución de utilidades y pérdidas: Se reemplaza la cláusula novena de la escritura social primitiva, por la siguiente: “NOVENO: Distribución de utilidades y pérdidas. Las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad se repartirán entre los socios en proporción a su participación en el capital social”. En todo lo no modificado permanece vigente el pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07 de diciembre 2023. Felix Jara Cadot / Notario Público.-