Instrumento
- Fecha
- 14 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 17556/2023
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- 48° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios de marketing, de entretención y esparcimiento, la producción de eventos; la promoción y)o la compra y venta de todo tipo de productos y bienes muebles, la intermediación y la representación de todo tipo de marcas nacionales o extranjeras; como asimismo ejecutar toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, en bienes muebles e inmuebles, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ellos, pudiendo al efecto, comprar, vender, arrendar, explotar y administrar tales inversiones, tomar interés o participar como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover, y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; prestar asesorías en las áreas propias de su giro; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de toda clase, la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación de todo tipo de bienes muebles e inmuebles; como asimismo, realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados, que tengan relación con los fines sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público, Titular de la 48° Notaria de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo 3076 oficina 601, comuna de Las Condes, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 14 de Diciembre de 2023, repertorio N° 17.556/2023, ante mí, doña NATHALIA CIRINEU BORBA, ciudadana brasileña, factor de comercio, soltera, cédula nacional de identidad para extranjeros número 26.870.477-9, con domicilio en calle Club de Campo N°172, departamento 605, de la comuna de Vitacura, en la ciudad de Santiago, en calidad de única accionista, quien constituyó la sociedad por acciones con el nombre GIRLS AND WINE SpA. OBJETO: El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios de marketing, de entretención y esparcimiento, la producción de eventos; la promoción y/o la compra y venta de todo tipo de productos y bienes muebles, la intermediación y la representación de todo tipo de marcas nacionales o extranjeras; como asimismo ejecutar toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, en bienes muebles e inmuebles, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ellos, pudiendo al efecto, comprar, vender, arrendar, explotar y administrar tales inversiones, tomar interés o participar como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover, y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; prestar asesorías en las áreas propias de su giro; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de toda clase, la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación de todo tipo de bienes muebles e inmuebles; como asimismo, realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados, que tengan relación con los fines sociales. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal que se suscribe y pagará en la forma que se señala en el artículo primero transitorio. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y Pago de Acciones: El capital social ascendente a un millón de pesos, dividido en mil acciones todas nominativas y sin valor nominal, que suscribe íntegramente y paga de la siguiente forma doña NATHALIA CIRINEU BORBA, suscribe el total de las mil acciones, a un valor de mil pesos cada una, con un total de un millón de pesos que paga en este acto al contado y en dinero en efectivo. En consecuencia, el capital social de un millón mil pesos ha quedado íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada. Demás estipulaciones en escritura extractada.- SANTIAGO, 20 de Diciembre de 2023.