ASESORÍA E INVERSIONES ASSERTA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 2028
- Notario
- R. ALFREDO MARTIN ILLANES
- Oficio
- 15ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $40.000.000 CLP
Administración
Administración de la sociedad, su representación judicial y extrajudicial y uso de su razón social corresponderán a socio SERGIO ESTEBAN TAPIA FARIÑA, con amplias facultades de administración y disposición, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos investido de facultades señaladas en forma meramente enunciativa, no taxativa o limitativa. EN CASO de ausencia, enfermedad u otro impedimento que le afectare y en caso de su fallecimiento, circunstancias que no será necesario acreditar frente a terceros, administración de la sociedad, su representación judicial y extrajudicial y uso de la razón social serán ejercidas sin más trámite por socio SERGIO ANDRÉS MANUEL TAPIA GUAJARDO, sin limitaciones, a excepción de contratos que tengan por objeto vender bienes inmuebles de la sociedad o constituir gravámenes sobre los mismos, en los que deberá actuar conjuntamente con socia CAMILA JAVIERA TAPIA GUAJARDO.” En todo lo no modificado en forma expresa por escritura extractada regirá y mantendrá plena vigencia el estatuto social de ASESORÍAS E INVERSIONES ASSERTA LIMITADA contenido en escritura pública de constitución de la sociedad de 3 de agosto de 2007, especialmente en lo que dice relación con la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalR. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la 15ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, locales 101 y 102, Providencia, certifica: Por escritura de fecha 15 de diciembre de 2023 otorgada ante mi Reemplazante Francisco Rubén Rojas Arriagada, SERGIO ESTEBAN TAPIA FARIÑA, Avenida Libertador Bernardo O`Higgins 4050, departamento 1417, comuna de Estación Central, Región Metropolitana; SERGIO ANDRÉS MANUEL TAPIA GUAJARDO, Ramón Corvalán Melgarejo 37, departamento 156, comuna de Santiago, Región Metropolitana; y CAMILA JAVIERA TAPIA GUAJARDO, Ramón Corvalán Melgarejo 37, departamento 156, comuna de Santiago, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “ASESORÍA E INVERSIONES ASSERTA LIMITADA”, que puede actuar con nombres de fantasía “ASSERTA LTDA.” o “INVERSUR LTDA.”, constituida por escritura pública de 3 de agosto de 2007, otorgada en Notaría de Santiago de María Gloria Acharán Toledo, repertorio 2028, extracto inscrito a fojas 38.386 número 27.528 del Registro de Comercio de Santiago del año 2007 y publicado en Diario Oficial de 20 de septiembre del mismo año, rol único tributario n° 76.966.010-0, que no ha tenido modificaciones y se encuentra vigente. Conforme a su constitución, según escritura pública citada, los únicos y actuales socios y respectiva participación en el haber y el capital social son Sergio Esteban Tapia Fariña, con 70%, Sergio Andrés Manuel Tapia Guajardo, con 15% y Camila Javiera Tapia Guajardo, con restante 15%, ascendiendo el capital a $10.000.000, íntegramente pagado por los socios en los porcentajes indicados. Los comparecientes, como únicos y actuales socios, acuerdan aumentar el capital de la sociedad, desde $10.000.000 a $40.000.000, conviniendo que cantidad de $30.000.000, a que asciende el aumento, sea aportada, enterada y pagada íntegramente en dinero efectivo y por iguales partes de $15.000.000 cada uno, en el plazo de 3 años a contar de fecha de la escritura extractada y a medida lo requieran necesidades de la sociedad, por socios Sergio Andrés Manuel Tapia Guajardo y Camila Javiera Tapia Guajardo. Como consecuencia, el nuevo capital de ASESORÍAS E INVERSIONES ASSERTA LIMITADA asciende a $40.000.000, variando las proporciones de participación de cada uno de los socios en él: a SERGIO ESTEBAN TAPIA FARIÑA corresponde una participación en el haber y el capital social del 17,5% y a SERGIO ANDRÉS MANUEL TAPIA GUAJARDO y a CAMILA JAVIERA TAPIA GUAJARDO una participación del 41,25% cada uno. Acuerdan, asimismo, modificar el estatuto social contenido en escritura pública de constitución ya señalada: 1. Se modifica el Artículo Primero, cuyo nuevo texto será: “ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: Se constituye una sociedad de responsabilidad limitada, cuyo nombre o razón social será “ASESORÍAS ASSERTA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso bancarios, el nombre de fantasía “ASSERTA LTDA.”. 2. Se modifica el Artículo Segundo, sobre el giro social, precisando algunos aspectos y eliminando referencia a la realización de inversiones como parte del objeto, estableciendo nuevo texto: “ARTÍCULO SEGUNDO: GIRO SOCIAL: El objeto de la sociedad será: A) La prestación de servicios de asesoría, consultoría e información en materias contables, financieras, gerenciales, administrativas, legales, laborales, previsionales, de control de gestión, análisis organizacional, estructura de empresas, recursos humanos, análisis y evaluación de proyectos y similares. B) La prestación de servicios de auditoría, revisiones de cuenta y contabilidad, así como servicios de asesoría y consultoría tributaria, incluyendo evaluación y planificación tributaria. C) La prestación de servicios o asesorías de administración de edificios comerciales, de oficinas y habitacionales y de condominios de todo tipo, incluyendo habitacionales, de parcelas y recreacionales, así como la prestación de toda clase de servicios de apoyo a la gestión de administración de comunidades y condominios. D) En general, el desarrollo de cualquier actividad análoga, afín o complementaria a las anteriores que constituyan o comprendan exclusivamente asesorías profesionales.” 3. Se modifica Artículo Tercero, sobre el capital, estableciendo actual monto y participación de cada uno de los socios, sustituyendo íntegramente dicho artículo, cuyo nuevo texto que se extracta será: “ARTÍCULO TERCERO: CAPITAL: Capital de la sociedad asciende a $40.000.000, aportado, enterado y pagado por socios en siguientes montos y proporciones: A) SERGIO ESTEBAN TAPIA FARIÑA, la suma de $7.000.000, equivalente al 17,5% del capital social, ya enterada y pagada. B) SERGIO ANDRÉS MANUEL TAPIA GUAJARDO, la suma de $16.500.000, equivalente al 41,25% del capital social, con $1.500.000 ya enterados y pagados y con $15.000.000 pagaderos en dinero efectivo, en plazo de 3 años contados desde diciembre de 2023, a medida lo requieran necesidades de la sociedad y C) CAMILA JAVIERA TAPIA GUAJARDO, la suma de $16.500.000, equivalente al 41,25% del capital social, con $1.500.000 ya enterados y pagados y con $15.000.000 pagaderos en dinero efectivo, en plazo de 3 años contados desde diciembre de 2023, a medida lo requieran necesidades de la sociedad”. 4. Se modifica el Artículo Cuarto del estatuto social, referido a la administración de la sociedad y al uso de la razón social, estableciendo nuevo texto que se extracta, sustituyendo totalmente al fijado al constituirse la sociedad: “ARTÍCULO CUARTO: ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Administración de la sociedad, su representación judicial y extrajudicial y uso de su razón social corresponderán a socio SERGIO ESTEBAN TAPIA FARIÑA, con amplias facultades de administración y disposición, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos investido de facultades señaladas en forma meramente enunciativa, no taxativa o limitativa. EN CASO de ausencia, enfermedad u otro impedimento que le afectare y en caso de su fallecimiento, circunstancias que no será necesario acreditar frente a terceros, administración de la sociedad, su representación judicial y extrajudicial y uso de la razón social serán ejercidas sin más trámite por socio SERGIO ANDRÉS MANUEL TAPIA GUAJARDO, sin limitaciones, a excepción de contratos que tengan por objeto vender bienes inmuebles de la sociedad o constituir gravámenes sobre los mismos, en los que deberá actuar conjuntamente con socia CAMILA JAVIERA TAPIA GUAJARDO.” En todo lo no modificado en forma expresa por escritura extractada regirá y mantendrá plena vigencia el estatuto social de ASESORÍAS E INVERSIONES ASSERTA LIMITADA contenido en escritura pública de constitución de la sociedad de 3 de agosto de 2007, especialmente en lo que dice relación con la responsabilidad de los socios, que se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de diciembre de 2023.