VCP INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de agosto de 2016
- Notario
- ALEJANDRO HAUPT OSSA
- Domicilio
- Petorca
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Petorca, Región de Valparaiso
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| VCP INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA | socio | 76607227-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO HAUPT OSSA, Notario Público Titular de Petorca, Silva 835, Petorca, CERTIFICA: Por escritura pública, hoy, ante mí, don VÍCTOR AQUILES CANIGUANTE PEREZ, chileno, soltero, ingeniero constructor, cédula nacional de identidad N° 15.095.356 - 1; y doña IRMA DE LAS MERCEDES PEREZ MARTINEZ, chilena, viuda, dueña de casa, cédula de identidad número 6.673.698 – 5, ambos domiciliados en calle Manuel Rodriguez N° 170, La Gruta, comuna de Petorca, Región de Valparaiso; en su calidad de únicos socios vienen en modificar la sociedad VCP INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.607.227 - 5, se constituyó por escritura pública de fecha 5 de agosto del año 2016, otorgada ante don Pablo Alberto Gonzalez Caamaño, Notario Público Titular de la Novena Notaria de Santiago, cuyo extracto se inscribió a fojas 62.236 número 33.621 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2016, el que fue publicado en el Diario Oficial número 41.545 de fecha 29 de agosto del año 2019. Por este instrumento don Víctor Aquiles Caniguante Perez y doña Irma de las Mercedes Perez Martinez en su carácter de únicos socios de VCP INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA, convienen las siguientes modificaciones. Modificación. Modifíquese el artículo quinto de los estatutos denominado “CAPITAL”, el que queda redactado de la siguiente manera: “QUINTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la cantidad de veinticinco millones de pesos, que los socios han pagado y enterado íntegramente a la caja social, en dinero efectivo, en las siguientes proporciones: (i) VÍCTOR AQUILES CANIGUANTE PEREZ la suma de dos millones quinientos mil pesos, esto es, un diez por ciento del capital social; y (ii) IRMA DE LAS MERCEDES PEREZ MARTINEZ la suma de veintidós millones quinientos mil pesos, esto es, un noventa por ciento del capital social. Modificación. Modifíquese el artículo décimo tercero de los estatutos denominado “DOMICILIO”, el que queda redactado de la siguiente manera: “DECIMO TERCERO: DOMICILIO. La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Petorca, Región de Valparaiso, sin perjuicio de las sucursales o agencias que los socios acuerden establecer en otros lugares del país o en el extranjero. La responsabilidad de cada uno de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes, según lo ya establecido en el pacto social. En lo no modificado se mantiene vigente pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Petorca, 28 de noviembre de 2023.