SERVICIOS PROFESIONALES GS3 CONSULTORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 1683
- Notario
- Jorge Reyes Bessone
- Oficio
- 9º Notaría de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Reyes Bessone, abogado, Notario Público Titular 9º Notaría de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, certifica. Por escritura pública de 14 de diciembre de 2023, Repertorio 1683; Fernando Enrique Toledo Tapia, Felipe Alfonso Astaburuaga Chales De Beaulieu, ambos domiciliados para estos efectos en calle Doctor Manuel Barros Borgoño N°71, Oficina 1003, comuna de Providencia, ciudad de Santiago y de paso en esta notaría; modificaron la sociedad SERVICIOS PROFESIONALES GS3 CONSULTORES LIMITADA, Rut. 76.030.404-2, constituida el 22 de agosto de 2008 ante el notario público Pablo Alberto González Caamaño, inscrita en fs. 39.456, N°27.167, del Registro de Comercio de Santiago año 2008, y publicada en el D.O. con fecha 28.08.2008, en la siguiente forma: 1) Cesión de derechos sociales: a) Fernando Enrique Toledo Tapia con expreso consentimiento de su socio Felipe Alfonso Astaburuaga Chales De Beaulieu, vende, cede y transfiere a Claudia Alejandra Concha Murray, el 30% de los derechos sociales que tiene en la sociedad SERVICIOS PROFESIONALES GS3 CONSULTORES LIMITADA; b) Fernando Enrique Toledo Tapia con expreso consentimiento de sus consocios vende, cede y transfiere a María Clemencia Ovalle Robles, el 9% los derechos sociales que tiene en la sociedad SERVICIOS PROFESIONALES GS3 CONSULTORES LIMITADA. De este modo, se incorporan a la sociedad Claudia Alejandra Concha Murray y María Clemencia Ovalle Robles, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Doctor Manuel Barros Borgoño N°71, Oficina 1003, comuna de Providencia, ciudad de Santiago y de paso en esta Notaría. 2) Modificación de estatutos. En virtud de las cesiones de derechos de que da cuenta escritura extractada, Fernando Enrique Toledo Tapia; Felipe Alfonso Astaburuaga Chales De Beaulieu; Claudia Alejandra Concha Murray y María Clemencia Ovalle Robles en su calidad de únicos socios de SERVICIOS PROFESIONALES GS3 CONSULTORES LIMITADA, acordaron sustituir el artículo quinto del pacto social, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $60.000.000.-, que los socios han enterado de la siguiente forma y proporción: a) don FERNANDO ENRIQUE TOLEDO TAPIA, aporta la suma de $31.200.000, pagados en dinero efectivo con anterioridad, equivalentes al 52% de los derechos sociales; b) don FELIPE ALFONSO ASTABURUAGA CHALES DE BEAULIEU, aporta la suma 5.400.000, pagados en dinero efectivo con anterioridad, equivalentes a un 9% de los derechos sociales, c) doña CLAUDIA ALEJANDRA CONCHA MURRAY, aporta la suma 18.000.000, pagados en dinero efectivo con anterioridad, equivalentes a 30% de los derechos sociales y; d) doña MARIA CLEMENCIA OVALLE ROBLES aporta la cantidad de $5.400.000, pagados en dinero efectivo con anterioridad, equivalentes a un 9% de los derechos sociales. Conforme a los aportes señalados, el capital social se encuentra totalmente pagado y la sociedad lo da por recibido e ingresado a la caja social.” En todo lo no modificado por el presente instrumento, continúan plenamente válidas y vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Todos los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. San Miguel, 19 de diciembre de 2023. JORGE REYES BESSONE.