Instrumento
- Fecha
- 12 de diciembre de 2023
- Comuna
- Huechuraba
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o extranjero
Objeto social
a) Dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, ya sea dentro o fuera del país a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, industrialización, comercialización, intermediación, representación, importación e importación de toda clases de bienes materiales, incluso recursos naturales e inmateriales a la prestación de toda clase de servicios, relacionados; b) La ejecución de todos los actos y contratos que digan relación con lo expresado en la presente cláusula
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMauricio Bertolino Rendic, Notario de Santiago, titular de la Primera Notaría de Huechuraba, Américo Vespucio 1737, Local 169, certifica: Por escritura pública otorgada el 12 de diciembre de 2023, ante mí, Soledad Fabiana Senucian y Gustavo José Medolla, ambos domiciliados en Avenida Santa Marta de Huechuraba 7650, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones. Nombre: RENTAJUMPER CL SpA. Domicilio: la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o extranjero.Objeto: a) Dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, ya sea dentro o fuera del país a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, industrialización, comercialización, intermediación, representación, importación e importación de toda clases de bienes materiales, incluso recursos naturales e inmateriales a la prestación de toda clase de servicios, relacionados; b) La ejecución de todos los actos y contratos que digan relación con lo expresado en la presente cláusula. Capital: $2.000.000, dividido en 500 acciones nominativas de una misma y única serie, sin valor nominal suscritas en su totalidad y pagaderas dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la escritura. Demás estipulaciones constan de escritura pública extractada. Santiago, 13 de diciembre de 2023.