MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TERMINAL Y SERVICIOS LOGISTICOS LAS CADENAS LIMITADA

RUT 76267415-7 CVE 2425022
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de noviembre de 2023
Notaría
Valparaíso

Instrumento

Fecha
24 de noviembre de 2023
Notario
Pablo Javier Contreras Guerrero
Oficio
Cuarta Notaría de Valparaíso
Comuna
Valparaíso

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
TERMINAL Y SERVICIOS LOGISTICOS LAS CADENAS LIMITADA socio 76267415-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pablo Javier Contreras Guerrero, Abogado, Notario Público interino, de la Cuarta Notaría de Valparaíso, Esmeralda 953, Valparaíso, certifico: Que por escritura pública, repertorio Nro. 1773/2023, de fecha 24 de noviembre de 2023, ante mí suplente IGNACIO RODRIGO CARRILLO GONZALEZ, Mauricio Guido Vallejos Espinoza, transportista, Olivia Angélica Vallejos Peñaloza, ingeniero comercial; Andrea Fernanda Vallejos Peñaloza, diseñadora; Brenda Angélica Vallejos Núñez, diseñadora; Bárbara Edith Elena Vallejos Núñez, ingeniero en administración; Mauricio Javier Vallejos Núñez, egresado de ingeniería y Ana Angélica Peñaloza Rojas, labores, todos con domicilio en El Sauce 1093, Placilla de Peñuelas, Valparaíso, modifican la sociedad TERMINAL Y SERVICIOS LOGISTICOS LAS CADENAS LIMITADA, RUT:76.267.415-7, capital vigente: $40.000.000.-, inscrita fojas 237 vta. Nº 265, año 2013, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, en el siguiente sentido: a.- Doña Ana Angélica Peñaloza Rojas, vende cede y transfiere a doña Olivia Angélica Vallejos Peñaloza y Andrea Fernanda Vallejos Peñaloza, quienes adquieren para sí y por iguales partes la totalidad de los derechos en que la cedente es titular en la sociedad TERMINAL Y SERVICIOS LOGISTICOS LAS CADENAS LIMITADA, pagándose el precio de $55.812.000.-, de contado, en dinero efectivo, por iguales partes por las cesionarias, declarando la cedente pagado el precio y renunciando a la acción resolutoria, dejando constancia además la cesionaria que la cesión que efectúa comprende todos sus derechos en la mitad de gananciales y en la sociedad conyugal que mantenía con su cónyuge y como heredera de esta. b.- Los actuales y únicos socios de la sociedad pasan a ser los señores Mauricio Guido Vallejos Espinoza; Olivia Angélica Vallejos Peñaloza; Andrea Fernanda Vallejos Peñaloza; Brenda Angélica Vallejos Núñez; Bárbara Edith Elena Vallejos Núñez y Mauricio Javier Vallejos Núñez, quienes introducen las siguientes modificaciones al pacto social: UNO.- Modifican cláusula quinta de los estatutos sociales, relativa al capital, quedando como sigue: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de cuarenta millones de pesos, íntegramente enterado y aportado por sus socios, ya ingresado a la caja, en una proporción de un treinta y cinco por ciento por don Mauricio Guido Vallejos Espinoza; de un veinticinco por ciento por doña Olivia Angélica Vallejos Peñaloza, de un veinticinco por ciento por doña Andrea Fernanda Vallejos Peñaloza; de un cinco por ciento por doña Brenda Angélica Vallejos Núñez; de un cinco por ciento por doña Bárbara Edith Elena Vallejos Núñez y de un cinco por ciento por don Mauricio Javier Vallejos Núñez.” DOS.- Modifican cláusula novena de los estatutos sociales, relativa a la representación, administración, representación y uso de la razón social, la que queda como sigue: “NOVENO: La representación, administración y uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a don Mauricio Guido Vallejos Espinoza y a falta de él a doña Brenda Angélica Vallejos Nuñez; y a doña Olivia Angélica Vallejos Peñaloza y a falta de ella a doña Andrea Fernanda Vallejos Peñaloza, lo que no será necesario acreditar, con las facultades y limitaciones que se establecen en escritura extractada.” Se introducen otras modificaciones que no son materia de extracto. Los únicos y actuales socios de Terminal y Servicios Logísticos Las Cadenas Limitada, acuerdan fijar el texto refundido de la sociedad, cuyos términos y condiciones son los siguientes: 1.- Se constituye entre los señores Mauricio Guido Vallejos Espinoza, Olivia Angélica Vallejos Peñaloza, Andrea Fernanda Vallejos Peñaloza, Brenda Angélica Vallejos Núñez, Bárbara Edith Elena Vallejos Núñez y Mauricio Javier Vallejos Núñez, todos ya individualizados, una sociedad de responsabilidad limitada, la que se regirá por las disposiciones pertinentes de los Códigos Civil y de Comercio, por la legislación complementaria dictada al efecto y por los estatutos siguientes. 2.- La razón social es “TERMINAL Y SERVICIOS LOGISTICOS LAS CADENAS LIMITADA” y su nombre de fantasía “TERMINAL LOGÍSTICO LAS CADENAS LTDA.” 3.- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Valparaíso, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que puedan establecerse en otro punto del país o extranjero. 4.- El objeto de la sociedad es: El objeto de la sociedad es: a) La prestación de servicios relacionados con la administración y operación de depósitos de contenedores o cualquier otro tipo de bienes muebles, pudiendo al efecto dar servicios de almacenaje, reparación, mantención e inspección de contenedores de cualquier tipo, como también diseñarlos y fabricarlos; b) El transporte de carga y pasajeros en general, tanto terrestre como aéreo o marítimo, dentro del territorio nacional o fuera de éste, ya sea con vehículos propios o de terceros que se contraten para el efecto; c) La importación, exportación, compra, venta, arriendo, distribución y comercialización, sea por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes muebles, productos o insumos; d) Dar y tomar en arriendo, distribuir y comercializar por cuenta propia o de terceros, todo tipo de aparatos, equipos, instrumentos, maquinaria, máquinas, herramienta, vehículos u otros elementos afines, realizando todos los actos que sean necesarios, en la actualidad o en el futuro para cumplir con el giro social; e) Celebrar contratos de administración de depósitos de contenedores y afines, y cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores y que los socios de común acuerdo convengan. 5.- El capital de la sociedad es la suma de cuarenta millones de pesos, íntegramente enterado y aportado por sus socios, ya ingresado a la caja, en una proporción de un treinta y cinco por ciento por don Mauricio Guido Vallejos Espinoza; de un veinticinco por ciento por doña Olivia Angélica Vallejos Peñaloza, de un veinticinco por ciento por doña Andrea Fernanda Vallejos Peñaloza; de un cinco por ciento por doña Brenda Angélica Vallejos Núñez; de un cinco por ciento por doña Bárbara Edith Elena Vallejos Núñez y de un cinco por ciento por don Mauricio Javier Vallejos Núñez. 6.- La representación, administración y uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a don Mauricio Guido Vallejos Espinoza, y a falta de él a doña Brenda Angélica Vallejos Nuñez, lo que no será necesario acreditar y a doña Olivia Angélica Vallejos Peñaloza y a falta de ella, lo que no será necesario acreditar, a doña Andrea Fernanda Vallejos Peñaloza, con las facultades y limitaciones que se establecen en escritura extractada. 7.- El plazo de la sociedad es de cinco años, contado desde el once de febrero de dos mil trece, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años. Valparaíso, 18 de diciembre de 2023.