MAGLIONA ABOGADOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 33878/2023
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Reg. Metropolitana
- Duración
- 5 años, prorrogables en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno (5)
Objeto social
realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro y fuera del territorio de la República de Chile: a) la prestación de toda clase de asesoría legal, financiera de administración, de materias económicas en general y servicios jurídicos, financieros, de comercio exterior, de educación y de estudios, incluyendo la contratación de personal para terceros y la asesoría necesaria para tales labores; b) efectuar inversiones en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales. La sociedad podrá, además garantizar obligaciones personales de los socios, constituyéndose para ello en avalista, fiadora o garante en cualquiera otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales. Finalmente, la sociedad podrá dedicarse a cualquier otra actividad que los socios acuerden. (4)
Administración
Corresponderá a CLAUDIO PAUL MAGLIONA MARKOVICTH quién actuando individualmente representará a la sociedad ante todo tipo de organismos y de acuerdo a los poderes conferidos en escritura pública extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 07 de diciembre de 2023, Repertorio N° 33.878/2023, ante mi, CLAUDIO PAUL MAGLIONA MARKOVICTH, domiciliado en Av. Andrés Bello N° 2.687, piso 24, Las Condes, RM; JUAN PABLO MONTIEL VERGARA, domiciliado en calle Granada N°2173, departamento 801, Ñuñoa, RM; don GIOVANNI D´ANGELLO DONATI SANHUEZA, domiciliado Víctor Rae N°4.800, departamento 51, Las Condes, RM y NICOLÁS FELIPE YURASZECK PEÑARANDA, domiciliado El Gabino N°13.220, departamento 210, Lo Barnechea, RM, en su calidad de únicos y actuales accionistas acordaron transformar MAGLIONA ABOGADOS SpA, en una sociedad de responsabilidad limitada con siguientes menciones extractables: (1) Razón social: MAGLIONA ABOGADOS LIMITADA, 2) Domicilio: Santiago, Reg. Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que se establezcan en otros puntos del país o en el extranjero. (3) Objeto: realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro y fuera del territorio de la República de Chile: a) la prestación de toda clase de asesoría legal, financiera de administración, de materias económicas en general y servicios jurídicos, financieros, de comercio exterior, de educación y de estudios, incluyendo la contratación de personal para terceros y la asesoría necesaria para tales labores; b) efectuar inversiones en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales. La sociedad podrá, además garantizar obligaciones personales de los socios, constituyéndose para ello en avalista, fiadora o garante en cualquiera otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales. Finalmente, la sociedad podrá dedicarse a cualquier otra actividad que los socios acuerden. (4) Duración: 5 años, prorrogables en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno (5) Capital: El capital social será la suma de $1.000.000.-, que los socios aportan de la siguiente forma: uno. don CLAUDIO PAUL MAGLIONA MARKOVICTH, aporta $970.000.-, equivalentes al 97% del capital social y que es enterado en la caja social de la siguiente forma: i. Con $8.638.-, que han sido enterados con anterioridad a esta fecha y ii. Con $961.362.- enterados en caja social con esta fecha y en dinero efectivo; dos. don JUAN PABLO MONTIEL VERGARA, aporta $10.000.-, equivalentes al 1% del capital social y que es enterado en la caja social de la siguiente forma: i. Con $89.-, que han sido enterados la caja social con anterioridad a esta fecha y ii. Con $9.911.- que son enterados en la caja social con esta fecha y en dinero efectivo; tres. don GIOVANNI D´ANGELO DONATI SANHUEZA, aporta $10.000.-, equivalentes al 1% del capital social y que es enterado en la caja social de la siguiente forma: i. Con $89.-, que han sido enterados la caja social con anterioridad a esta fecha y ii. Con $9.911.- que son enterados en la caja social con esta fecha y en dinero efectivo; cuatro. don NICOLÁS FELIPE YURASZECK PEÑARANDA, aporta $10.000.-, equivalentes al 1% del capital social y que es enterado en la caja social de la siguiente forma: i. Con $89.-, que han sido enterados la caja social con anterioridad a esta fecha y ii. Con $9.911.- que son enterados en la caja social con esta fecha y en dinero efectivo. La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus aportes, tal como lo dispone el inciso primero del artículo segundo de la Ley tres mil novecientos dieciocho; (6) Administración: Corresponderá a CLAUDIO PAUL MAGLIONA MARKOVICTH quién actuando individualmente representará a la sociedad ante todo tipo de organismos y de acuerdo a los poderes conferidos en escritura pública extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 15 de diciembre de 2023.