Inversiones del Lago Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de noviembre de 2023
- Repertorio
- 18741-2023-2023
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $13.032.000 CLP
- Domicilio
- ciudad y comuna de Puerto Varas
- Duración
- 5 años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, 3 meses antes del fin del respectivo período
Objeto social
(i) la inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, su administración y la percepción de sus frutos; y (ii) toda otra actividad relacionada y)o complementaria al giro indicado o que los socios acuerden
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los señores Andrés Vargas Hott, Francisco Vargas Hott, Felipe Vargas Hott, Tomás Vargas Hott y Nicolás Vargas Hott, quienes, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, estarán investidos de las más amplias facultades de administración y disposición, según consta en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos numero 979, oficina número 501, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 30 de Noviembre de 2023, Repertorio Nº 18.741-2023-2023, ante el Titular de esta Notaría don Iván Torrealba Acevedo, comparecieron los señores Andrés Manuel Vargas Mesa y Andrés, Francisco, Felipe, Tomás y Nicolás, los cinco últimos Vargas Hott, todos domiciliados en Parcela 12, Parcelación Costa del Lago, comuna de Puerto Varas, en su calidad de únicos socios quienes representan el 100% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES DEL LAGO LIMITADA, inscrita a fojas 150 vuelta, número 118 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas correspondiente al año 2003 (en adelante la “Sociedad”), y acordaron lo siguiente: (i) Dividir la Sociedad en dos sociedades de responsabilidad limitada, siendo la primera de ellas la continuadora legal de la Sociedad dividida, la que conserva su nombre y personalidad jurídica, y constituyéndose una nueva sociedad al efecto, denominada “INVERSIONES VH LIMITADA”. (ii) Disminuir el capital de la Sociedad, de la cantidad de $80.000.000, íntegramente aportado y enterado, a la suma de $66.968.000, íntegramente aportado y enterado. La disminución de capital aprobada, por la suma de $13.032.000, tiene por objeto enterar el capital de la nueva sociedad que se constituye producto de la división. (iii) Como consecuencia de la disminución de capital aprobada, reemplazar el artículo cuarto de los estatutos de la Sociedad y reemplazarlo por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad es la suma $66.968.000, que los socios aportaron como sigue: (i) don Andrés Manuel Vargas Mesa aportó la suma de $56.922.800, correspondiente al 85% de los derechos sociales; (ii) don Andrés Vargas Hott aportó la suma de $2.009.040, correspondiente al 3% de los derechos sociales; (iii) don Francisco Vargas Hott aportó la suma de $2.009.040, correspondiente al 3% de los derechos sociales; (iv) don Felipe Vargas Hott aportó la suma de $2.009.040, correspondiente al 3% de los derechos sociales; (v) don Tomás Vargas Hott aportó la suma de $2.009.040, correspondiente al 3% de los derechos sociales; y (vi) don Nicolás Vargas Hott aportó la suma de $2.009.040, correspondiente al 3% de los derechos sociales”. (iv) Aprobar los estatutos de “Inversiones VH Limitada”, sociedad que nace de la división, de los cuales se extracta: Nombre: Inversiones VH Limitada. Objeto: (i) la inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, su administración y la percepción de sus frutos; y (ii) toda otra actividad relacionada y/o complementaria al giro indicado o que los socios acuerden. Domicilio: ciudad y comuna de Puerto Varas, sin perjuicio de las oficinas, agencias, establecimientos o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: 5 años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, 3 meses antes del fin del respectivo período. Capital: $13.032.000, que los socios aportaron y enteraron en las siguientes proporciones: (i) don Andrés Manuel Vargas Mesa aportó la suma de $11.077.200, correspondiente al 85% de los derechos sociales; (ii) don Andrés Vargas Hott aportó la suma de $390.960, correspondiente al 3% de los derechos sociales; (iii) don Francisco Vargas Hott aportó la suma de $390.960, correspondiente al 3% de los derechos sociales; (iv) don Felipe Vargas Hott aportó la suma de $390.960, correspondiente al 3% de los derechos sociales; (v) don Tomás Vargas Hott aportó la suma de $390.960, correspondiente al 3% de los derechos sociales; y (vi) don Nicolás Vargas Hott aportó la suma de $390.960, correspondiente al 3% de los derechos sociales. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los señores Andrés Vargas Hott, Francisco Vargas Hott, Felipe Vargas Hott, Tomás Vargas Hott y Nicolás Vargas Hott, quienes, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, estarán investidos de las más amplias facultades de administración y disposición, según consta en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 15 de diciembre de 2023.