THE LITTLE BLACK GUIDE SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de diciembre de 2023
- Notario
- RAIMUNDO WOOD ESPINOZA
- Oficio
- 6° Notaria de Puente Alto
- Comuna
- Puente Alto
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAIMUNDO WOOD ESPINOZA, Notario Público Titular de la 6° Notaria de Puente Alto, con oficio en calle Sergio Roubillard N°66, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana, certifica que por escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2023, ante mi, se redujo a escritura el Acuerdo de Accionistas de fecha 14 de noviembre de 2023, de la sociedad THE LITTLE BLACK GUIDE SpA, inscrita a fojas 87.845 numero 40.428 del año 2021 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en la que asistiendo doña Paula Andrea Parot Rosati, en su carácter de única socia según registros tenidos a la vista, modifica dicha sociedad al siguiente tenor: a) Aumento del capital social de $1.000.000 a la suma de $51.000.000.- de pesos, mediante la emisión de 50.000 acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, de las cuales doña Paula Andrea Parot Rosati suscribe y paga en el acto, la cantidad de 40.000 acciones, equivalentes a la suma de $40.000.000.- de pesos que ingresan a caja social; y el saldo de 10.000 acciones, equivalentes a la suma de $10.000.000, serán suscritas y pagadas hasta el último día hábil del mes de diciembre del año 2024; b) en razón del aumento de capital acordado, se modifica: uno. TITULO SEGUNDO. – DEL CAPITAL SOCIAL. – ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de CINCUENTA Y UN MILLONES DE PESOS, divididos en cincuenta y un mil acciones, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, de las cuales paga en este acto, la cantidad de cuarenta y un millones de pesos, equivalentes a cuarenta y un mil acciones. El saldo restante, es decir, diez mil acciones correspondientes a diez millones de pesos, se pagara hasta el último día hábil del mes de diciembre de dos mil veinticuatro. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir laminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno”; demás acuerdos corresponden a materias no extractables y constan en escritura extractada. Puente Alto, 14 de diciembre de 2023.-