MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SUSTAINABLE DEVELOPMENT CONSULTORES SpA

RUT 77005648-9 CVE 2424728
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil setenta, segundo piso, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha treinta de noviembre de dos mil veintitrés, bajo repertorio número treinta y ocho mil trescientos noventa y dos guión dos mil veintitrés, ante mí, IGNACIO MELERO PINTO, cédula de identidad número quince millones trescientos doce mil setecientos cincuenta y cinco guión siete; y JOSÉ MANUEL MELERO ABAROA, cédula de identidad número seis millones doscientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta guión uno, ambos domiciliados para estos efectos en calle El Peumo ciento ochenta y siete, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, como los únicos accionistas de la sociedad SUSTAINABLE DEVELOPMENT CONSULTORES SpA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y siete millones cinco mil seiscientos cuarenta y ocho guión nueve, que fue constituida por escritura pública de fecha diecinueve de marzo del año dos mil diecinueve, otorgada en esta misma notaría bajo el repertorio número quince mil doscientos tres y su extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas veintitrés mil treinta y nueve, número once mil seiscientos sesenta y dos, del año dos mil diecinueve y fue publicado en el Diario Oficial con fecha veintinueve de marzo del año dos mil diecinueve bajo el número cuarenta y dos mil trescientos diecisiete, y exponen: /UNO/ En este acto, IGNACIO MELERO PINTO y JOSÉ MANUEL MELERO ABAROA, como los únicos y actuales accionistas con derecho a voz y voto de la Sociedad, acuerdan por unanimidad que la Sociedad aumente su capital por la suma de un millón quinientos mil pesos, esto es, que el capital social aumente desde la suma inicial de un millón de pesos, a la suma final de dos millones quinientos mil pesos. /DOS/ En este acto, IGNACIO MELERO PINTO y JOSÉ MANUEL MELERO ABAROA, como los únicos y actuales accionistas con derecho a voz y voto de la Sociedad, acuerdan por unanimidad que la Sociedad emita un millón quinientas mil nuevas acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie, pasando el número de acciones de las actuales un millón de acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie, a un número final de dos millones quinientas mil acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie. /TRES/ En este acto, IGNACIO MELERO PINTO y JOSÉ MANUEL MELERO ABAROA, como los únicos y actuales accionistas con derecho a voz y voto de la Sociedad, acuerdan por unanimidad que las nuevas un millón quinientas mil acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie equivalentes al aumento de capital por un monto de un millón quinientos mil pesos sea suscrito y pagado en su totalidad por IGNACIO MELERO PINTO. De esta forma, en este acto, IGNACIO MELERO PINTO suscribe las nuevas un millón quinientas mil acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie, pagando una suma de un millón quinientos mil pesos en dinero efectivo. /CUATRO/ A partir del aumento de capital y a la emisión de las nuevas acciones estipulada en las cláusulas anteriores, IGNACIO MELERO PINTO y JOSÉ MANUEL MELERO ABAROA, como los únicos y actuales accionistas con derechos a voz y voto de la Sociedad, vienen por unanimidad a modificar los siguientes artículos de los estatutos sociales de la Sociedad en el siguiente sentido: /UNO/ “Artículo Quinto: Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de dos millones quinientos mil pesos, dividido en dos millones quinientas mil acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal. El capital de la Sociedad se suscribe y paga de conformidad al Artículo Segundo Transitorio de estos Estatutos.”. /DOS/ “Artículo Segundo Transitorio: En conformidad al Artículo Quinto de estos Estatutos, el capital de la Sociedad es la suma de dos millones quinientos mil pesos dividido en dos millones quinientas mil acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y se paga por los accionistas como sigue: /a/ IGNACIO MELERO PINTO, suscribe y paga en este acto dos millones de acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, correspondientes a un total de dos millones de pesos. Este pago ha sido efectuado con dos millones de pesos pagados en dinero efectivo; /b/ JOSÉ MANUEL MELERO ABAROA, suscribe y paga en este acto quinientas mil acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, correspondientes a un total de quinientos mil pesos. Este pago ha sido efectuado con quinientos mil pesos pagados en dinero efectivo.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. A petición de los comparecientes y habiéndose tenido a la vista el libro de accionistas de la sociedad SUSTAINABLE DEVELOPMENT CONSULTORES SpA, rol único tributario número setenta y siete millones cinco mil seiscientos cuarenta y ocho guión nueve, se deja constancia que a esta fecha registra como únicos accionistas con derecho a voz y voto de la mencionada sociedad a IGNACIO MELERO PINTO, cédula de identidad número quince millones trescientos doce mil setecientos cincuenta y cinco guión siete, con quinientas mil acciones y a JOSÉ MANUEL MELERO ABAROA, cédula de identidad número seis millones doscientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta guión uno, con quinientas mil acciones. Santiago, 05 de diciembre de dos mil veintitrés.