MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Comercializadora Patricio Bravo y Compañía Limitada

RUT 77079460-9 CVE 2424291
Fecha instrumento
2 de noviembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de noviembre de 2023
Repertorio
16229/2023
Notario
MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA
Oficio
18° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público Titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Apoquindo 3.039, quinto piso, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 02 de noviembre de 2023, Repertorio N° 16.229 / 2023, ante mi suplente doña Paulina Andrea Hernández Cabezas, Patricio Antonio Bravo García, con domicilio en calle Villaseca número seiscientos noventa y cuatro, casa diez, comuna de Buin; Marcela Eliana Bravo García, con domicilio en Avenida Pedro Fontova número ocho mil cuarenta y siete, casa siete, comuna de Huechuraba; Alejandra Del Pilar Bravo García, con domicilio en calle Florencio Barrios número mil seiscientos ochenta y dos, comuna de Las Condes; y Erika Mattmann García, con domicilio en calle Antonio J. Vial número mil seiscientos sesenta y cinco, comuna de Independencia, como únicos y actuales socios de la sociedad denominada Sociedad Comercializadora Patricio Bravo y Compañía Limitada, inscrita a fojas setenta y siete vuelta, número setenta y dos del Registro de Comercio correspondiente al año mil novecientos noventa y siete del Conservador de Bienes Raíces de Buin, acordaron dividir y modificar la sociedad como sigue: Uno. Se hizo constar que el monto total del capital efectivamente pagado a la sociedad asciende a la suma de siete millones ochocientos sesenta mil quinientos doce pesos. En virtud de lo anterior, se acordó disminuir el capital estatutario de la sociedad desde la suma de diez millones de pesos, al monto del capital efectivamente pagado, esto es, a la nueva suma de siete millones ochocientos sesenta mil quinientos doce pesos. Dos. Se acordó dividir la sociedad en dos compañías, que serán: a) la propia compañía que se divide, la que conservará su personalidad jurídica, identidad, naturaleza, razón social y Rol Único Tributario número setenta y siete millones setenta y nueve mil cuatrocientos sesenta guión nueve, así como todos los activos y pasivos sociales que no le sean traspasados explícita y determinadamente a la sociedad naciente, y que continuará con el giro, operaciones y negocios actualmente en curso, rigiéndose por el mismo estatuto primitivo excepto en aquellas materias que se modifican conforme a lo que se indica más adelante; y b) una nueva sociedad civil de responsabilidad limitada que se formará como resultado de la división, cuya razón social será Inmobiliaria Bravo Limitada y que se regirá por el estatuto que se otorga para ella y que se extracta por separado, y que recibirá únicamente los activos y pasivos sociales que explícita y determinadamente se le traspasen desde la sociedad dividida. Tres. Como consecuencia de la división social, se hizo constar que el capital social disminuyó desde la suma de siete millones ochocientos sesenta mil quinientos doce pesos, a la nueva suma de cinco millones doscientos doce mil trescientos setenta y cuatro pesos. Por tanto, y para dar cuenta de lo anterior en los estatutos, se acordó reemplazar el texto del artículo quinto del estatuto de Sociedad Comercializadora Patricio Bravo y Compañía Limitada por el siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de cinco millones doscientos doce mil trescientos setenta y cuatro pesos, el que se encuentra íntegramente pagado y que le corresponde a sus actuales y únicos socios como sigue: a) a don Patricio Antonio Bravo García, en la suma de un millón cuatrocientos ochenta mil trescientos catorce pesos, equivalente aproximadamente a un veintiocho coma cuatro por ciento de los derechos sociales; b) a doña Marcela Eliana Bravo García, en la suma de un millón cuatrocientos setenta y cinco mil ciento dos pesos, equivalente aproximadamente a un veintiocho coma tres por ciento de los derechos sociales; c) a doña Alejandra Del Pilar Bravo García, en la suma de un millón cuatrocientos setenta y cinco mil ciento dos pesos, equivalente aproximadamente a un veintiocho coma tres por ciento de los derechos sociales; y d) a doña Erika Mattmann García, en la suma de setecientos ochenta y un mil ochocientos cincuenta y seis pesos, equivalente aproximadamente a un quince por ciento de los derechos sociales.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de diciembre de 2023.