MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Servicios Integrales de Arquitectura e Inmobiliarios Ernesto del Pino Sáez, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

RUT 76493685-K CVE 2424246
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de diciembre de 2023
Repertorio
92188
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Duración
2 años renovable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 1 año
Ley aplicable
Ley 19.857

Objeto social

El giro u objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios profesionales propios del ejercicio libre de la profesión de arquitecto, incluidas las asesorías y consultorías en las áreas de la arquitectura, planificación urbana y las demás que resulten afines a su objeto, así como la participación y adjudicación de proyectos, concursos, licitaciones, nacionales o extranjeras, públicos o privados, en el área de su giro exclusivo. Dicho giro se realizará por medio de sus constituyentes y demás profesionales que trabajen para la empresa, en los términos requerido para el ejercicio libre de la profesión de arquitecto

Administración

La administración y el uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá al socio don ERNESTO PATRICIO SAMUEL DEL PINO SÁEZ

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Titular de la 49° Notaría de Santiago, domiciliado en calle Amunátegui número 73, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 12 de diciembre de 2023, ante mí, repertorio N° 92.188, doña VERÓNICA ADRIANA VENEGAS ROJAS, domiciliada en calle Lia Aguirre número 384, comuna de La Florida, Región Metropolitana, en representación de don ERNESTO PATRICIO SAMUEL DEL PINO SÁEZ; domiciliado para estos efectos en Avenida Carlos Alessandri número 2.792, departamento 3, comuna y ciudad de Algarrobo, Región de Valparaíso y; don RICARDO ALFONSO LEIVA URIBE-ECHEVERRÍA; domiciliado en Camino Carampangue número mil doscientos setenta, parcela veintidós, Aguas Claras, comuna de Isla de Maipo, Región Metropolitana y de paso en esta, vinieron en transformar al empresa “SERVICIOS INTEGRALES DE ARQUITECTURA E INMOBILIARIOS ERNESTO DEL PINO SAEZ, EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” en la sociedad de responsabilidad limitada "DEL PINO ARQUITECTOS LIMITADA”. En dicho acto don ERNESTO PATRICIO SAMUEL DEL PINO SÁEZ cedió, vendió y transfirió a don RICARDO ALFONSO LEIVA URIBE-ECHEVERRÍA, el 30% de las acciones y derechos que le correspondían a la empresa individual de responsabilidad limitada y, en el mismo acto, en razón de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 14 de la Ley 19.857, transformaron dicha empresa en una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: "DEL PINO ARQUITECTOS LIMITADA”. Administración: La administración y el uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá al socio don ERNESTO PATRICIO SAMUEL DEL PINO SÁEZ. Capital: $10.000.000.-, enterado y pagado de la siguiente manera: 1.- ERNESTO PATRICIO SAMUEL DEL PINO SÁEZ, la suma de $7.000.000.-, que representa el 70% de los derechos sociales y 2.- RICARDO ALFONSO LEIVA URIBE- ECHEVERRÍA, la suma de $3.000.000.-, que representa el 30% de los derechos sociales. El capital se encuentra totalmente suscrito y enterado en la caja social. Objeto: El giro u objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios profesionales propios del ejercicio libre de la profesión de arquitecto, incluidas las asesorías y consultorías en las áreas de la arquitectura, planificación urbana y las demás que resulten afines a su objeto, así como la participación y adjudicación de proyectos, concursos, licitaciones, nacionales o extranjeras, públicos o privados, en el área de su giro exclusivo. Dicho giro se realizará por medio de sus constituyentes y demás profesionales que trabajen para la empresa, en los términos requerido para el ejercicio libre de la profesión de arquitecto. Duración: 2 años renovable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 1 año. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de diciembre de 2023.