MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MINERA CRISTAL LIMITADA

RUT 76474352-0 CVE 2424490
Fecha instrumento
14 de noviembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de noviembre de 2023
Repertorio
19206/2023
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, Stgo. CERTIFICA: Que por escritura pública de fecha 14/11/2023, Repertorio 19.206/2023, ante mí, LORENA DE LOURDES RAMIREZ SANTIAGO, domiciliada en calle 5 de abril 127 d/144, Viña del Mar, Región de Valparaíso, LUCY DEIDAMIA SANTIAGO ALVAREZ, domiciliada en calle 3 Oriente 1270 D/121-B, Viña del Mar, Región de Valparaíso; RICARDO MARCELO RAMIREZ SANTIAGO, domiciliado en calle Esmeralda 940 Of. 61, Valparaíso, Región de Valparaíso, MARIELA ROSA RAMIREZ BARAHONA, KAREN ELIZABETH RAMIREZ BARAHONA, ambas domiciliadas en calle General Velázquez 1491, Antofagasta, Región de Antofagasta, CRISTIAN MICHEL RAMIREZ BARAHONA, domiciliado en calle Cornelio Vernaza 01295, Antofagasta, Región de Antofagasta, y MARIBEL DEL ROSARIO MANCILLA VERDUGO, en representación de don DIEGO HERNAN RAMIREZ MANCILLA, ambos domiciliados en calle Victoria norte 614, Concón, Región de Valparaíso acordaron adjudicarse derechos sociales y modificar la Sociedad “MINERA CRISTAL LIMITADA”, Rol Único Tributario Nº76.474.352-0, inscrita a fojas 43.310, N°25.579 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2015, en los términos siguientes: a) LUCY DEIDAMIA SANTIAGO ALVAREZ se adjudica el 15% de los derechos sociales; b) LORENA DE LOURDES RAMIREZ SANTIAGO, se adjudica el 7,5% de los derechos sociales; c) RICARDO MARCELO RAMIREZ SANTIAGO, se adjudica el 7,5% de los derechos sociales; d) DIEGO HERNAN RAMIREZ MANCILLA, se adjudica el 7,5% de los derechos sociales; MARIELA ROSA RAMIREZ BARAHONA, se adjudica el 7,5% de los derechos sociales; e) KAREN ELIZABETH RAMIREZ BARAHONA, se adjudica el 7,5% de los derechos sociales; e) CRISTIAN MICHEL RAMIREZ BARAHONA, se adjudica el 7,5% de los derechos sociales. Como consecuencia de las adjudicaciones, los actuales y únicos socios de “MINERA CRISTAL LIMITADA” vienen en modificar y reemplazar la cláusula QUINTA, del pacto social constitutivo, quedando de la siguiente forma: “QUINTA: El capital social será la suma de tres millones doscientos cincuenta mil pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: a) doña LUCY DEIDAMIA SANTIAGO ALVAREZ, con la suma de cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos pesos que entera y paga en este acto, en dinero efectivo, aporte que en suma equivale al quince por ciento del capital social; b) doña LORENA DE LOURDES RAMIREZ SANTIAGO, con la suma de quinientos tres mil setecientos cincuenta pesos que entera y paga en este acto, en dinero efectivo, aporte que en suma equivale al quince coma cinco por ciento del capital social. c) don RICARDO MARCELO RAMIREZ SANTIAGO, con la suma de quinientos tres mil setecientos cincuenta pesos que entera y paga en este acto, en dinero efectivo, aporte que en suma equivale al quince coma cinco por ciento del capital social. d) don DIEGO HERNAN RAMIREZ MANCILLA con la suma de doscientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta pesos que entera y paga en este acto, en dinero efectivo, aporte que en suma equivale al siete coma cinco por ciento del capital social. e) doña MARIELA ROSA RAMIREZ BARAHONA, con la suma de quinientos tres mil setecientos cincuenta pesos que entera y paga en este acto, en dinero efectivo, aporte que en suma equivale al quince coma cinco por ciento del capital social. f) doña KAREN ELIZABETH RAMIREZ BARAHONA, con la suma de quinientos tres mil setecientos cincuenta pesos que entera y paga en este acto, en dinero efectivo, aporte que en suma equivale al quince coma cinco por ciento del capital social. g) don CRISTIAN MICHEL RAMIREZ BARAHONA, con la suma de quinientos tres mil setecientos cincuenta pesos que entera y paga en este acto, en dinero efectivo, aporte que en suma equivale al quince coma cinco por ciento del capital social.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago a 30 de noviembre de 2023.