INVERSIONES N Y G LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de noviembre de 2023
- Repertorio
- 12167/2023
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $300.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular, 27ª Notaría de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifica:Por escritura pública de fecha 03 de noviembre de 2023, repertorio 12167/2023, ante mí, Uno) CARLOS ENRIQUE NERCASSEAU MOYA; Dos) LINETTE MARIE GIBSON GRANDELA; Tres) BERNARDITA ANDREA NERCASSEAU GIBSON, representada Carlos Enrique Nercasseau Moya; Cuatro) CECILIA PAZ NERCASSEAU GIBSON, representada Carlos Enrique Nercasseau Moya; Cinco) ANA SOFÍA NERCASSEAU GIBSON; Seis) TERESITA PAZ NERCASSEAU GIBSON; Siete) JOAQUÍN ENRIQUE NERCASSEAU GIBSON, todos domiciliados calle Génova N°2095, Providencia, Santiago: modificaron la sociedad “INVERSIONES N Y G LIMITADA”, RUT N°76.868.870-2, inscrita a fojas 22.455 número 16.354 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2007, en lo siguiente: 1) AUMENTO DE CAPITAL Y CESIONES: A) Aumento de Capital: Con fecha 06 de enero de 2012, se aumento el capital social de $300.000.000 a $500.000.000.- mediante retiro y reinversión realizado por Carlos Enrique Nercasseau Moya de la sociedad Constructora Morizon Nercasseau Limitada, quedando el capital distribuido en las siguientes proporciones a) Carlos Enrique Nercasseau Moya, con 99.5% de la sociedad; b) Linette Marie Gibson Grandela, con el 0,1% de la sociedad; c) Bernardita Andrea Nercasseau Gibson, con 0,1% de la sociedad; d) Cecilia Paz Nercasseau Gibson, con el 0,1% de la sociedad; e) Ana Sofía Nercasseau Gibson, con el 0,1% de la sociedad; y f) Teresita Paz Nercasseau Gibson, con el 0,1% de la sociedad; B) Cesiones: Don Carlos Enrique Nercasseau Moya cedió el 4,9% a doña Bernardita Andrea Nercasseau Gibson, el 4,9% a doña Cecilia Paz Nercasseau Gibson, el 4,9% a doña Ana Sofía Nercasseau Gibson, el 4,9 % a doña Teresita Paz Nercasseau Gibson, y el 5,0% a don Joaquín Enrique Nercasseau Gibson, todos de la sociedad INVERSIONES N Y G LIMITADA; C) Aumento de Capital. Se acordó aumentar el capital social de la cantidad de $500.000.000 a $794.814.000.- mediante el pago de $294.814.000, que doña Linette Marie Gibson Grandela, se obliga a aportar y pagar en dinero efectivo dentro del de diez años a contar de esta fecha, debidamente reajustado de acuerdo a la variación de la unidad de fomento al día del pago efectivo, sin intereses 2) MODIFICACIONES: A) Se reemplazó la cláusula Cuarta por la siguiente: “CUARTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Carlos Enrique Nercasseau Moya, quien anteponiendo la razón social a su nombre y firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades, y especialmente con las que a título meramente enunciativo y no taxativo se indican en la respectiva cláusula”; B) Se reemplazó la cláusula Quinta en el siguiente sentido: QUINTO: El capital de la sociedad es de $794.814.000, que se aporta, paga y pagará en dinero efectivo de la siguiente forma: a) Carlos Enrique Nercasseau Moya con el 45% de los derechos sociales, íntegramente pagado; b) Linette Marie Gibson Grandella, con el 0,1% de los derechos sociales, íntegramente pagado, y con el 29,9% por ciento de los derechos sociales, que se pagará dentro del plazo de 10 años a contar de esta fecha, debidamente reajustado de acuerdo a la variación de la unidad de fomento, sin intereses; c) Bernardita Andrea Nercasseau Gibson, con el 5% de los derechos sociales, íntegramente pagado; d) Cecilia Paz Nercasseau Gibson, con el 5% de los derechos sociales, íntegramente pagado; e) Ana Sofia Nercasseau Gibson, con el 5% de los derechos sociales, íntegramente pagado; f) Teresita Paz Nercasseau Gibson, con el 5% de los derechos sociales, íntegramente pagado; g) Joaquín Enrique Nercasseau Gibson, con el 5% de los derechos sociales, íntegramente pagado”. Otras estipulaciones constan de escritura extractada. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Santiago, 12 de Diciembre de 2023.