GODOY FRANCO CONSULTORES SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de octubre de 2023
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular, 34° Notaria Santiago, calle Luis Thayer Ojeda número 359, comuna de Providencia, certifico que, ante mí, con fecha 21 de noviembre de 2023, se redujo a escritura pública la Quinta Junta Extraordinaria de Accionistas de GODOY FRANCO CONSULTORES SpA, celebrada con fecha 25 de octubre de 2023, donde se acordó modificar y reformar los estatutos sociales específicamente en su Artículo Quinto y Primero Transitorio: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL SESENTA Y CINCO PESOS dividido en SEISCIENTAS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTAS CINCUENTA Y CUATRO ACCIONES ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, el cual se encuentran íntegramente pagado, suscrito y enterado según lo establecido en la escritura de Constitución de la Sociedad. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de aumentos de capital se podrán pagar en moneda de curso legal o bien mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyéndose créditos en contra de la misma sociedad y/o mutuos de dinero convertibles. El plazo para enterar el capital y sus aumentos será dentro de los treinta años siguientes contados desde la fecha de suscripción de las acciones o del acuerdo respectivo según corresponda, en atención a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio, más el reajuste que prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, so pena de tenerse no suscritas. Si las acciones no se pagaren oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismo derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, incluido lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital pagado.-”. Por su parte, el nuevo Artículo Primero Transitorio tendrá el siguiente tenor: “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad asciende a la suma de MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL SESENTA Y CINCO PESOS dividido en SEISCIENTAS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTAS CINCUENTA Y CUATRO ACCIONES ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que se suscriben, enteran y pagan de la siguiente forma: /a/ CONSULTORÍA AGRÍCOLA PGC SpA, por medio de su representante, suscribe y paga la cantidad de cincuenta acciones, por un valor cien mil pesos del capital social; /b/ CONSULTORÍA INTEGRAL MAFL SpA, por medio de su representante, suscribe y paga la cantidad cincuenta acciones, por un valor de cien mil pesos del capital social; c) ASESORÍAS LEGALES CGF SpA, por medio de su representante, suscribe y paga la cantidad de trescientas acciones, por un valor de seiscientos mil pesos del capital social; d) NGF SpA, por medio de su representante, suscribe y paga la cantidad de trescientas acciones, por un valor de seiscientos mil pesos del capital social; /e/ PGF SpA, por medio de su representante, suscribe y paga la cantidad de trescientas acciones, por un valor de seiscientos mil pesos del capital social; /f/ Don NICOLÁS ANDRÉS GODOY CARTER suscribe y paga la cantidad de ciento setenta y nueve mil doscientas dieciséis acciones, por un valor de trescientos cincuenta y ocho millones cuatrocientos treinta y dos mil quinientos cincuenta y cuatro pesos del capital social; /g/ Doña CONSUELO ANDREA GODOY FRANCO suscribe y paga la cantidad de trescientas cinco mil quinientas cinco acciones, por un valor de seiscientos once millones ocho mil ochocientos veintiséis pesos del capital social; y /h/ Don PABLO IGANCIO GODOY FRANCO suscribe y paga la cantidad de doscientas un mil treinta y tres acciones, por un valor de cuatrocientos dos millones sesenta y cinco mil seiscientos ochenta y cinco pesos del capital social. De conformidad a lo anterior, el capital social es de mil trescientos setenta y tres millones quinientos siete mil sesenta y cinco pesos dividido en seiscientas ochenta y seis mil setecientas cincuenta y cuatro acciones ordinarias, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado.-“ Finalmente, la Junta deja de manifiesto que en todo lo no modificado expresamente en la presente Junta, los Estatutos se mantienen plenamente vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 30 de noviembre de 2023.