MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

MARIA DEL PILAR RIVAS HURTADO, CONSULTORES E.I.R.L.

RUT 76520990-0 CVE 2423968
Fecha instrumento
13 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de diciembre de 2023
Repertorio
2965-2023
Notario
EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA
Oficio
Cuadragésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago
Duración
La sociedad empieza a regir con esta fecha y tendrá una duración de cinco años, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de las socias manifiesta su voluntad de ponerle término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura pública en el Registro de Comercio correspondiente, todo con una anticipación mínima de seis meses al término del período que se encuentre vigente

Objeto social

El objeto o giro de la sociedad será: a) Servicios profesionales de actividades de consultoría, asesoría técnica, capacitación, educación, investigación y comunicaciones en materia de arqueología y antropología; b) la gestión, implementación y ejecución de programas de desarrollo socioeconómico - productivo, y c) cualquier otra actividad económica lícita que acuerden las socias, relacionada directamente con las anteriormente descritas

Administración

La administración y uso de la razón social, corresponderá a doña MARÍA DEL PILAR RIVAS HURTADO, quien podrá actuar con las más amplias facultades de administración y disposición, detalladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MODIFICACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE E.I.R.L. A SOCIEDAD DE RESPONSABILIAD “MARIA DEL PILAR RIVAS HURTADO, CONSULTORES E.I.R.L. A MARIA DEL PILAR RIVAS HURTADO, CONSULTORES LIMITADA” EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Vitacura número tres mil setecientos veinticuatro, comuna de Vitacura, CERTIFICA: Por escritura pública repertorio 2965-2023, otorgada el día 13 de diciembre de 2023, ante mí; doña MARÍA DEL PILAR RIVAS HURTADO, chilena, soltera, arqueóloga, sesenta y cinco años de edad, cédula de identidad número siete millones catorce mil novecientos setenta y cuatro guion cinco, domiciliada en calle Alonso de Córdova número dos mil trescientos trece, departamento seiscientos dos, comuna de Vitacura, y doña CAMILA FERNANDA MASCARÓ CASTRO, chilena, soltera, antropóloga física, treinta años de edad, cédula de identidad número dieciocho millones cuatrocientos sesenta y cinco mil quinientos sesenta y ocho guion tres, domiciliada en Avenida Grecia número tres mil quinientos ochenta y dos, comuna de Ñuñoa, vienen en modificarla y transformarla en los siguientes términos: Antecedentes. La sociedad “MARIA DEL PILAR RIVAS HURTADO, CONSULTORES E.I.R.L.”, fue constituida por escritura pública de fecha diez de marzo de dos mil seis, en la Notaría de Santiago de don Luis Poza Maldonado, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio a fojas nueve mil ochocientos noventa y siete, número seis mil setecientos sesenta, del año dos mil seis en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Cesión. Por este acto, doña MARÍA DEL PILAR RIVAS HURTADO, vende, cede y transfiere el uno por ciento del total de los derechos sociales a doña CAMILA FERNANDA MASCARÓ CASTRO, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la suma de diez mil pesos, declarando la cesionaria Como consecuencia de la cesión efectuada precedentemente, quedan como únicas socias doña MARÍA DEL PILAR RIVAS HURTADO, quien es titular del noventa y nueve por ciento de los derechos sociales y doña CAMILA FERNANDA MASCARÓ CASTRO, quien es titular del uno por ciento restante de los derechos sociales. Transformación. Por este instrumento doña MARÍA DEL PILAR RIVAS HURTADO, y doña CAMILA FERNANDA MASCARÓ CASTRO ya individualizadas, y en su calidad de únicas socias y continuadoras legales de la empresa individual de responsabilidad limitada que por este acto se transforma en Sociedad de Responsabilidad Limitada, vienen en modificar, y refundir los estatutos de la sociedad según lo siguiente: Nombre o razón social: El nombre o razón social será “MARIA DEL PILAR RIVAS HURTADO, CONSULTORES LIMITADA”, pudiendo también actuar indistintamente ante bancos y terceros con el nombre de fantasía “ASWAKIAR CONSULTORES LTDA”, los que podrán ser indistintamente utilizados. Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero. Objeto: El objeto o giro de la sociedad será: a) Servicios profesionales de actividades de consultoría, asesoría técnica, capacitación, educación, investigación y comunicaciones en materia de arqueología y antropología; b) la gestión, implementación y ejecución de programas de desarrollo socioeconómico - productivo, y c) cualquier otra actividad económica lícita que acuerden las socias, relacionada directamente con las anteriormente descritas. Capital: El capital de la sociedad es la suma de UN MILLÓN DE PESOS, que las socias aportan de la siguiente forma: novecientos noventa mil pesos la socia MARÍA DEL PILAR RIVAS HURTADO, equivalentes al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; y doña CAMILA FERNANDA MASCARÓ CASTRO, diez mil pesos, equivalentes al uno por ciento de los derechos sociales; dinero aportado por las socias en este acto, de contado, en dinero, equivalente al ciento por ciento del capital o aporte de la E.I.R.L. transformada. Administración: La administración y uso de la razón social, corresponderá a doña MARÍA DEL PILAR RIVAS HURTADO, quien podrá actuar con las más amplias facultades de administración y disposición, detalladas en escritura extractada. Duración: La sociedad empieza a regir con esta fecha y tendrá una duración de cinco años, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de las socias manifiesta su voluntad de ponerle término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura pública en el Registro de Comercio correspondiente, todo con una anticipación mínima de seis meses al término del período que se encuentre vigente.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de diciembre de 2023. Evelyn Sánchez Tapia, Notario Público Titular, 44° Notaría de Santiago.-