MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Franquicias Planeta Tierra SpA

RUT 76788294-7 CVE 2423934
Fecha instrumento
27 de noviembre de 2023

Instrumento

Fecha
27 de noviembre de 2023
Repertorio
7412-2023
Notario
CATALINA DEL PINO CONSTANZO
Domicilio
Reemplazante del Titular CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CATALINA DEL PINO CONSTANZO, Abogado, Notario Público Reemplazante del Titular CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en Av. La Dehesa 1450, local 1, de esta ciudad, Certifico: Que por escritura repertorio 7412-2023, de fecha 27 de noviembre de 2023, otorgada ante mí, se redujo a Escritura Pública Acuerdo de Accionistas, en la que doña Yael Antonia Vackflores Krauss, cédula de identidad número 19.242.660-k, como única accionista de la sociedad, condición que me consta, acordó Modificar el Estatuto Social, cambiando la razón social pasando de ser Franquicias Planeta Tierra SpA a Espacio Terra SpA y el giro u objeto social, cambiando al efecto la Cláusula Primera permanente por la siguiente: “Artículo Primero: El nombre y la razón social es Espacio Terra SpA”; y La cláusula Cuarta permanente por la siguiente: “Artículo Cuarto: El Objeto de la sociedad será: A) La realización de actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión. B) La prestación de servicios de asesoramiento empresarial y gestión en administración para el desarrollo y explotación de franquicias. C) la prestación de servicios de outsourcing de personal, especial aquellos relacionados con la asesoría en la selección, evaluación, contratación, provisión y administración de personal, en todo tipo de funciones o labores, tanto para empresas privadas como públicas, nacionales o extranjeras. D) La organización y producción de eventos de cualquier naturaleza. E) La prestación de servicios de banquetearía, catering, delivery, logística y todo lo relacionado con eventos. F) El arriendo de oficinas, salones para eventos, y bienes inmuebles en general. G) Todo lo antes señalado podrá desarrollarlo por cuenta propia o de terceros. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de Noviembre de 2023.-