SM LOGISTICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de noviembre de 2023
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $16.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Abogado, Notario Suplente de doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Titular 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161, Entrepiso, certifica:- Por escritura de fecha 14 de Noviembre de 2023, ante la Titular, comparecieron:- GABRIEL ALBERTO SANCHEZ y JOSE MARIA SANCHEZ, ambos Puerto Terrestre Los Andes, piso tres, oficina 331, Edificio Administrativo, comuna de Los Andes, de paso en ésta; y LISSETTE DEL ROSARIO JARA FERNANDINI, Beatriz Díaz 1992, Villa La Montaña de Pocuro, comuna de Calle Larga, ciudad de Los Andes, de paso en ésta; modificaron SM LOGISTICA LIMITADA, RUT. 77.776.949-9, inscrita a fojas 39619 No. 17752 Registro de Comercio de Santiago, año 2023, con un capital social de $16.000.000, aportados por los socios fundadores por iguales partes, ya ingresados en la caja social, sentido que GABRIEL ALBERTO SANCHEZ, dueño del 50% del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a LISSETTE DEL ROSARIO JARA FERNANDINI, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 25,5% del total de los derechos sociales, en $2.000.000, pagados este acto firma escritura, al contado, declarando el cedente recibir conforme y a su entera satisfacción; asimismo, JOSE MARIA SANCHEZ, dueño del 50% del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a LISSETTE DEL ROSARIO JARA FERNANDINI, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 25,5% del total de los derechos sociales, en $2.000.000, pagado en acto firma escritura, al contado, declarando el cedente recibir conforme y a su entera satisfacción.- Consecuencia cesiones que trata la presente cláusula, quedan como únicos y actuales socios de SM LOGISTICA LIMITADA, GABRIEL ALBERTO SANCHEZ, con el 24,5% del total de los derechos sociales, JOSE MARIA SANCHEZ, con el 24,5% del total de los derechos sociales, y LISSETTE DEL ROSARIO JARA FERNANDINI, con el 51% del total de los derechos sociales, quienes modifican el pacto social, en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a LISSETTE DEL ROSARIO JARA FERNANDINI, quien dispondrá de todas y cada una de las facultades que se enumeran en el contrato social constitutivo, con la sola limitación de no poder hacer uso de la facultad de autocomprar.- En todo lo no modificado mediante el presente instrumento, continua vigente el pacto social primitivo.- Otras cláusulas constan en escritura que extracto.- SANTIAGO, 07 de Diciembre de 2023.-