MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BAR APOQUINDO LIMITADA

RUT 76391030-K CVE 2423432
Capital
$45.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago don R

Instrumento

Fecha
1 de diciembre de 2023
Comuna
Santiago don R

Sociedad

Capital
$45.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Reemplazante del Titular de la Décimo Quinta Notaría de Santiago don R. Alfredo Martin Illanes, con oficio en calle Mardoqueo Fernández Nº 201 locales 101 y 102, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 1 de diciembre de 2023, otorgada ante mí, don CHRISTIAN JEAN ROSSETTI PACHECO, por sí, y en representación de la sociedad ROSS CAPITAL SpA; don RAIMUNDO JOSÉ PATRICIO LABARCA CORDOVA, por sí y en representación de la sociedad RALAB SpA; don JEAN FRANCOIS FILIPPI BARRA, por sí y en representación de la sociedad FF SpA; don ALEJANDRO ESTEBAN SUTTER RODRIGUEZ; don RODRIGO LEONARDO ROSS ACEVEDO; don JOSÉ PATRICIO ROSSETTI SEGOVIA; don DANIEL FERNANDO SILVA RAMIREZ y doña KATHERINE ANDREA SUTTER RODRIGUEZ, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo número siete mil seiscientos setenta y siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.. Únicos y actuales socios de “BAR APOQUINDO LIMITADA”. Un extracto autorizado de dicha escritura se inscribió a fojas cuarenta mil doscientos veintidós, número veintiocho mil quinientos setenta y siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil cinco, y fue publicada en el Diario Oficial de fecha tres de Noviembre del mismo año.- A la fecha, los estatutos de la sociedad han sido objeto de modificaciones, siendo la última de ellas mediante escritura pública de fecha seis de Octubre del año dos mil catorce, otorgada ante el Notario de Santiago don David Poza Matus, Suplente del Titular don Luis Poza Maldonado. Un extracto autorizado de dicha escritura se encuentra inscrito a fojas ochenta y seis mil seiscientos treinta y dos, número cincuenta y dos mil ochocientos dieciocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil catorce, y fue publicado en el Diario Oficial de fecha veintidós de noviembre del mismo año, acordaron lo siguiente: Cesión de derechos sociales.- Por el presente instrumento los socios acuerdan realizar las siguientes cesiones de derechos Uno) don CHRISTIAN JEAN ROSSETTI PACHECO, dueño del cinco por ciento del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a la sociedad ROSS CAPITAL SpA, quien debidamente representada compra, acepta y adquiere para sí, el cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad del cedente en la suma de dos millones doscientos cincuenta mil pesos, monto que la cesionaria paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; Dos) don RAIMUNDO JOSÉ PATRICIO LABARCA CÓRDOVA, dueño del cinco por ciento del total de los derechos sociales vende, cede y transfiere a la sociedad RALAB SpA, quien debidamente representada compra, acepta y adquiere para sí, el cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad del cedente en la suma de dos millones doscientos cincuenta mil pesos, monto que la cesionaria paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; Tres) don JEAN FRANCOIS FILIPPI BARRA dueño del cinco por ciento del total de los derechos sociales vende, cede y transfiere a la sociedad FF SpA, quien debidamente representada compra, acepta y adquiere para sí, el cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad del cedente en la suma de dos millones doscientos cincuenta mil pesos, monto que la cesionaria paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; Cuatro) doña KATHERINE ANDREA SUTTER RODRIGUEZ, dueña del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el ocho coma tres por ciento de dicho total así: a) el seis por ciento del total de los derechos sociales de su propiedad a la sociedad ROSS CAPITAL SpA, quien debidamente representada compra y adquiere para sí, el seis por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad de la cedente en la suma de dos millones setecientos mil pesos, monto que la cesionaria paga a la cedente en este acto y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su total satisfacción; b) el dos por ciento del total de los derechos sociales de su propiedad a la sociedad RALAB SpA, quien debidamente representada compra y adquiere para sí el dos por ciento de los derechos de la Sociedad, de propiedad de la cedente, en la suma de novecientos mil pesos, monto que la cesionaria paga a la cedente en este acto y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su total satisfacción; y c) el cero coma tres por ciento del total de los derechos de su propiedad a don DANIEL FERNANDO SILVA RAMÍREZ, quien compra y adquiere para sí el cero coma tres por ciento de los derechos de la Sociedad, de propiedad de la cedente, en la suma de ciento treinta y cinco mil pesos, monto que el cesionario paga a la cedente en este acto y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su total satisfacción; Quinto) don RODRIGO LEONARDO ROSS ACEVEDO dueño del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el ocho coma tres por ciento de dicho total así: a) el cuatro por ciento del total de los derechos sociales de su propiedad a la sociedad RALAB SpA, quien debidamente representada compra y adquiere para sí el cuatro por ciento de los derechos de la Sociedad, de propiedad del cedente, en la suma de un millón ochocientos mil pesos, monto que la cesionaria paga al cedente en este acto y en dinero efectivo, declarando éste recibir dicha suma a su total satisfacción; b) el cuatro por ciento del total de los derechos sociales de su propiedad a la sociedad FF SpA, quien debidamente representada compra y adquiere para sí el cuatro por ciento de los derechos de la Sociedad, de propiedad del cedente, en la suma de un millón ochocientos mil pesos, monto que la cesionaria paga al cedente en este acto y en dinero efectivo, declarando éste recibir dicha suma a su total satisfacción; c) el cero coma tres por ciento del total de los derechos de su propiedad a don DANIEL FERNANDO SILVA RAMÍREZ, quien compra y adquiere para sí el cero coma tres por ciento de los derechos de la Sociedad, de propiedad de la cedente, en la suma de ciento treinta y cinco mil pesos, monto que el cesionario paga a la cedente en este acto y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su total satisfacción; Sexto) don ALEJANDRO ESTEBAN SUTTER RODRIGUEZ dueño del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el ocho coma cuatro por ciento de dicho total así: a) el dos por ciento del total de los derechos sociales de su propiedad a la sociedad FF SpA, quien debidamente representada compra y adquiere para sí el dos por ciento de los derechos de la Sociedad, de propiedad de la cedente, en la suma de novecientos mil pesos, monto que la cesionaria paga a la cedente en este acto y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su total satisfacción; b) el seis por ciento del total de los derechos sociales de su propiedad a don JOSÉ PATRICIO ROSSETTI SEGOVIA, quien compra y adquiere para sí, el seis por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad del cedente en la suma de dos millones setecientos mil pesos, monto que el cesionario paga al cedente en este acto y en dinero efectivo, declarando éste recibir dicha suma a su total satisfacción, y c) el cero coma cuatro por ciento del total de los derechos de su propiedad a don DANIEL FERNANDO SILVA RAMÍREZ, quien compra y adquiere para sí el cero coma cuatro por ciento de los derechos de la Sociedad, de propiedad de la cedente, en la suma de ciento ochenta mil pesos, monto que el cesionario paga a la cedente en este acto y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su total satisfacción- Extensión de la cesión.- Quedan comprendidos en la venta, cesión y transferencia de derechos sociales señaladas en el párrafo anterior, todos los haberes, derechos, aportes de cualquier naturaleza, intereses y utilidades, capital, fondos sociales de cualquier índole, finalidad o denominación, y derechos en general que a cualquier título correspondan o hayan correspondido a la cedente.- QUINTO: Entrega de títulos.- Para los efectos de lo previsto en el artículo mil novecientos uno del Código Civil, la sociedad ROSS CAPITAL SpA, debidamente representada, declara que se le hizo entrega material por parte de don CHRISTIAN JEAN ROSSETTI PACHECO y por parte de doña KATHERINE ANDREA SUTTER RODRIGUEZ los títulos de los derechos que en virtud de este instrumento se ceden, y que están constituidos por copia autorizada de las escrituras públicas de la Sociedad; la sociedad RALAB SpA, debidamente representada, declara que se le hizo entrega material por parte de don RAIMUNDO JOSÉ PATRICIO LABARCA CÓRDOVA; por parte de doña KATHERINE ANDREA SUTTER RODRIGUEZ y por parte de don RODRIGO LEONARDO ROSS ACEVEDO los títulos de los derechos que en virtud de este instrumento se ceden, y que están constituidos por copia autorizada de las escrituras públicas de la Sociedad; la sociedad FF SpA, debidamente representada, declara que se le hizo entrega material por parte de don JEAN FRANCOIS FILIPPI BARRA; por parte de don RODRIGO LEONARDO ROSS ACEVEDO y por parte de don ALEJANDRO ESTEBAN SUTTER RODRIGUEZ los títulos de los derechos que en virtud de este instrumento se ceden, y que están constituidos por copia autorizada de las escrituras públicas de la Sociedad; don JOSÉ PATRICIO ROSSETTI SEGOVIA, declara que se le hizo entrega material por parte de don ALEJANDRO ESTEBAN SUTTER RODRIGUEZ los títulos de los derechos que en virtud de este instrumento se ceden, y que están constituidos por copia autorizada de las escrituras públicas de la Sociedad; y don DANIEL FERNANDO SILVA RAMÍREZ declara que se le hizo entrega material por parte de don ALEJANDRO ESTEBAN SUTTER RODRIGUEZ; por parte de doña KATHERINE ANDREA SUTTER RODRIGUEZ y por parte de don RODRIGO LEONARDO ROSS ACEVEDO los títulos de los derechos que en virtud de este instrumento se ceden, y que están constituidos por copia autorizada de las escrituras públicas de la Sociedad.- Finiquito.- Las partes, según sea aplicable, se otorgan recíprocamente entre sí, un amplio y completo finiquito respecto de sus obligaciones derivadas de la constitución de la Sociedad, declarando que no existen entre ellos obligaciones o deudas de ninguna naturaleza y por ningún concepto en su calidad de socio.- Con motivo de las cesiones antes señaladas, ingresan como nuevos socios a la Sociedad la sociedad ROSS CAPITAL SpA, la sociedad RALAB SpA y la sociedad FF SpA, por lo cual quedan a partir de hoy como únicos y actuales socios de la sociedad “BAR APOQUINDO LIMITADA”, doña KATHERINE ANDREA SUTTER RODRIGUEZ, con el dieciséis coma siete por ciento de los derechos de participación social; don RODRIGO LEONARDO ROSS ACEVEDO, con el dieciséis coma siete por ciento de los derechos de participación social; don ALEJANDRO ESTEBAN SUTTER RODRIGUEZ, con el dieciséis coma seis por ciento de los derechos de participación social; don JOSÉ PATRICIO ROSSETTI SEGOVIA, con el once por ciento de los derechos de participación social; la sociedad ROSS CAPITAL SpA con el once por ciento de los derechos de participación social; la sociedad RALAB SpA con el once por ciento de los derechos de participación social; la sociedad FF SpA con el once por ciento de los derechos de participación social; y don DANIEL FERNANDO SILVA RAMÍREZ, con el seis por ciento de participación social.- En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecen vigentes las estipulaciones del pacto social. Los socios dejan constancia que el capital de la sociedad es de $45.000.000.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de diciembre de 2023.-