CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA Y GANADERA SCHLESWIG LIMITADA

RUT 14120237-5 CVE 2423075
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
11 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de diciembre de 2023
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
Décima Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
El domicilio social será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto realizar por si o por terceros: a) Cría, cuidado, reproducción y engorde de ganado bovino, para la producción lechera, de carne o como ganado reproductor; b) Cría, cuidado, reproducción y engorde de caballos y otros equinos; c) Comercialización de animales en pie, carne, leche y sus derivados; d) Comercialización, importación y exportación de toda clase de bienes, productos, e insumos para el sector ganadero y agrícola; e) La prestación, directa o indirecta, de toda clase de servicios para los sectores ganadero y agrícola; f) Promoción, organización y realización de ferias y eventos ganaderos y agrícolas, tanto a nivel nacional como internacional, que faciliten la venta de animales; g) Realización, producción y comercialización de medios impresos, de medias audiovisuales, y de demás medios de comunicación dirigidos al sector ganadero y agrícola; h) Venta de bienes muebles e inmuebles para el desarrollo del negocio ganadero y agrícola; i) Realización y promoción de programas científicos y técnicos para el sector ganadero y agrícola; j) Explotación de fincas rusticas, granjas e instalaciones ganaderas, y la realización de trabajos agrícolas a terceros; k) Adquisición, elaboración o fabricación, abonos, plantas, semillas, fitosanitarios, piensos compuestos, carburantes y demás elementos para la producción y fomento agrario; l) Empleo en remedios contra las plagas del campo; ll) Explotación en todas sus formas de establecimientos agrícolas ganaderos, frutícolas y de granjas, establecimientos para invernadas y cría de ganado; m) Almacenamiento en silos de granos y de todo tipo de cereales, forestación y reforestación; n) La adquisición de bienes inmuebles destinados especialmente a estos fines; y o) Realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1235, segundo piso, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 11 de diciembre de 2023, Repertorio No.15.838-2023, ante mí, don ANDRÉS JARA BAADER, cédula nacional de identidad número 14.120.237-5, y doña BERNARDITA MARÍA MUÑOZ ROMÁN, cédula nacional de identidad número 15.638.368-6, ambos domiciliados en Camino Los Trapenses 4860, casa 29, comuna de Lo Barnechea, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada “AGRÍCOLA Y GANADERA SCHLESWIG LIMITADA” pudiendo usar para fines comerciales la abreviatura “AGRÍCOLA Y GANADERA SCHLESWIG LTDA.”, cuyo uso obligará a la sociedad en los mismos términos que su razón social completa. DOMICILIO: El domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que la sociedad pueda establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto realizar por si o por terceros: a) Cría, cuidado, reproducción y engorde de ganado bovino, para la producción lechera, de carne o como ganado reproductor; b) Cría, cuidado, reproducción y engorde de caballos y otros equinos; c) Comercialización de animales en pie, carne, leche y sus derivados; d) Comercialización, importación y exportación de toda clase de bienes, productos, e insumos para el sector ganadero y agrícola; e) La prestación, directa o indirecta, de toda clase de servicios para los sectores ganadero y agrícola; f) Promoción, organización y realización de ferias y eventos ganaderos y agrícolas, tanto a nivel nacional como internacional, que faciliten la venta de animales; g) Realización, producción y comercialización de medios impresos, de medias audiovisuales, y de demás medios de comunicación dirigidos al sector ganadero y agrícola; h) Venta de bienes muebles e inmuebles para el desarrollo del negocio ganadero y agrícola; i) Realización y promoción de programas científicos y técnicos para el sector ganadero y agrícola; j) Explotación de fincas rusticas, granjas e instalaciones ganaderas, y la realización de trabajos agrícolas a terceros; k) Adquisición, elaboración o fabricación, abonos, plantas, semillas, fitosanitarios, piensos compuestos, carburantes y demás elementos para la producción y fomento agrario; l) Empleo en remedios contra las plagas del campo; ll) Explotación en todas sus formas de establecimientos agrícolas ganaderos, frutícolas y de granjas, establecimientos para invernadas y cría de ganado; m) Almacenamiento en silos de granos y de todo tipo de cereales, forestación y reforestación; n) La adquisición de bienes inmuebles destinados especialmente a estos fines; y o) Realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 que los socios enterarán y pagarán en este mismo acto, en dinero y al contado, en la siguiente proporción; i) Andrés Jara Baader, aporta y paga la cantidad de $500.000, esto es, el 50% del capital social; y ii) Bernardita María Muñoz Román, aporta y paga la cantidad de $500.000, esto es, el restante 50% del capital social. Los aportes han sido pagados íntegramente en dinero por los socios en acto de constitución, por lo que se entiende el capital social totalmente enterado. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad personal de cada socio queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a don Andrés Jara Baader y a doña Bernardita María Muñoz Román, quienes, actuando individual, indistinta y separadamente, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, sin limitación de especie alguna, pudiendo ejecutar todos los actos, contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean y que se relacionen directa o indirectamente con el contrato social. En caso de fallecimiento, impedimento o ausencia, de don Andrés Jara Baader, y/o de doña Bernardita María Muñoz Román, hecho que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad corresponderá con amplias facultades y de forma conjunta a sus hijas herederas mayores de edad y, en caso de que todas ellas fueren menores de edad a la época de ejercicio de este mandato, corresponderá entonces la administración a don Manuel Roberto Jara Araya y don Jorge Andrés Muñoz Román, actuando ambos conjuntamente. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será a contar de 11 de diciembre de 2023, con duración indefinida. DISOLUCIÓN ANTICIPADA: La sociedad no se disolverá por el fallecimiento, insolvencia, la disolución o quiebra de uno cualquiera de los socios, sino que continuará con los sucesores correspondientes, en cuyo caso deberá estarse a lo estipulado en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de diciembre de 2023.