AGRÍCOLA EL RADAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 33610-2023
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $350.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| RENTAS MARIA NINE LIMITADA | socio | 77506170-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular 36° Notaria de Santiago, domiciliado en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 4 de diciembre de 2023, repertorio N° 33.610-2023, otorgada ante mí, INVERSIONES Y SERVICIOS SENECA LIMITADA, rut 79.783.170-0 y RENTAS MARIA NINE LIMITADA, RUT 77.506.170-7, ambas domiciliadas en calle Las Violetas 5926, Comuna de Cerrillos, Región Metropolitana, en su calidad de únicas socias de AGRÍCOLA EL RADAL LIMITADA (también denominada en adelante la “Sociedad”), también compareciente, RUT 76.000.640-8, sociedad constituida por escritura pública otorgada el día 30 de septiembre de 2003 en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, repertorio 30.480-2003, cuyo extracto fue inscrito a fojas 29.966 número 22.537 del Registro de Comercio de Santiago del año 2003, complementaron y aclararon escritura pública de modificación de estatutos de Agrícola El Radal Limitada de fecha 8 de noviembre de 2022, otorgada en la notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, repertorio 29.354-2022 (la “Escritura de Modificación”), cuyo extracto se inscribió a fojas 96.597 número 42.421 del Registro de Comercio de Santiago del año 2022 y se publicó en el del capital social de la Sociedad, de $350.000.000 a $798.022.534, esto es, por la suma de $448.022.534 acordado en la Escritura de Modificación, monto este último (“Monto del Aporte”), que el socio Inversiones y Servicios Séneca Limitada enteró y pagó a la Sociedad mediante el aporte del bien inmueble individualizado en la Escritura de Modificación, debió desglosarse de la siguiente forma: (a) $423.025.546 corresponden al valor tributario del inmueble aportado, con todas sus construcciones y lo edificado en él, monto que a su vez se puede desglosar en: (i) $394.204.555 por el valor del terreno, (ii) $7.604.741 por el valor del sistema de riego; y (iii) $21.216.250 por el valor de las plantaciones; y (b) $24.996.988 corresponden al valor tributario de derechos de aprovechamiento de aguas, inscritos a nombre del socio aportante, Inversiones y Servicios Séneca Limitada, a fojas 197 número 157 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Parral-Retiro, correspondiente al año 2004 (los “Derechos de Agua”). Como consecuencia de lo anterior, no cambia el monto del aumento de capital antes referido, ni el Monto del Aporte, pero dicho monto se entiende enterado y pagado por el socio Inversiones y Servicios Séneca Limitada mediante no solo el aporte en dominio del inmueble aportado, con todas sus construcciones y lo edificado en él, según consta en la Escritura de Modificación, sino que también mediante el aporte en dominio de los Derechos de Agua antes referidos, valorizados de común acuerdo por las partes todos ellos, en las sumas antes indicadas. Tampoco cambia el porcentaje de los derechos sociales que cada socio tiene en la Sociedad, según lo expuesto en la Escritura de Modificación. En todo lo no complementado o aclarado por la escritura extractada, permanecen vigentes las estipulaciones del pacto social de la Sociedad, modificadas según consta en la Escritura de Modificación. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de diciembre de 2023.